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El resquicio por el que una aseguradora intentó excluir a una pareja de lesbianas de la reproducción asistida

La nueva norma, que incluye a todas las mujeres y personas con capacidad gestante, fue aprobada en noviembre de 2021

Marta Borraz

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Hicieron falta siete años para que el Gobierno corrigiera la exclusión de las mujeres sin pareja varón de la reproducción asistida que el Partido Popular consumó en 2014. Ocurrió en noviembre, pero han pasado cinco meses y algunas de ellas siguen a día de hoy batallando para ver su derecho reconocido. Es el caso de Ángela Valls y su mujer Carmen González, mutualista de Muface a la que Adeslas, la aseguradora a la que pertenece, le denegó en un principio el tratamiento. La empresa dio marcha atrás la semana pasada tras hacerlo público en Twitter, pero en su momento justificó su decisión inicial en un precepto contenido en el concierto con Muface, publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado diciembre, que literalmente sigue excluyendo a las mujeres que no tengan un diagnóstico de infertilidad aunque la cartera de servicios que deben cumplir sí las incluye.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, firmó el 5 de noviembre la orden ministerial que ha sustituido a la impulsada por la popular Ana Mato durante el Gobierno de Rajoy. Aquella legislación alteró los requisitos para acceder a las técnicas de reproducción asistida financiadas por el Estado y los redujo a problemas de fertilidad como condición necesaria, lo que dejó fuera a las lesbianas, bisexuales con pareja mujer y mujeres sin pareja. La nueva norma ha actualizado la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud para incluirlas y ha añadido, además, a las personas trans con capacidad gestante.

Aunque la inmensa mayoría de las comunidades autónomas ya habían ido revirtiendo la orden del PP, aún la exclusión seguía afectando a las funcionarias, militares y juezas obligadas a estar en las mutuas Muface, Mujeju e Isfas, que se rigen por la cartera de servicios estatal. Todas las mujeres “ya pueden acceder a la reproducción humana asistida en pie de igualdad”, anunció en noviembre Muface, que advirtió a las aseguradoras con las que tiene concierto (Adeslas, Asisa y DKV) de que “están obligadas a financiar estos tratamientos” con independencia de que la mujer tenga pareja hombre o no, pues la condición ya no será tener problemas de fertilidad.

Sin embargo, la resolución publicada en diciembre que contiene el concierto entre la mutua de funcionarios y las aseguradoras contiene una ambigüedad: por un lado, indica que las entidades tienen que cubrir “al menos” los servicios incluidos en la cartera de servicios comunes, es decir, la reproducción asistida para todas las mujeres, según la nueva norma. Pero en la parte que dedica específicamente a estas técnicas, asegura que la orden a aplicar será la SSI/2065/2014, de 31 de octubre, es decir, la que aprobó el Partido Popular, en vez de la SND/1215/2021, de 5 de noviembre, que devolvió el derecho a todas las mujeres.

Pero, además, detalla literalmente que la cobertura de reproducción asistida cubrirá a las mujeres “en las que exista un diagnóstico de esterilidad por patología ginecológica que impida conseguir una gestación, con independencia de la existencia o no de pareja”, contradiciendo así la nueva legislación. Este artículo del concierto es al que, según asegura Carmen González, recurrió Adeslas el pasado lunes 18 de abril para denegarles el tratamiento. La entidad rectificó pasados unos días, después de que la pareja se quejara en Twitter y la cuenta oficial de Muface interviniera para asegurar que la pareja tiene derecho, según la ley, a la prestación del servicio. La aseguradora no ha respondido a las preguntas de este medio por tratarse de un asunto personal.

Por su parte, una portavoz del Ministerio de Hacienda y Función Pública, del que depende Muface, sostiene que la norma ha cambiado y que la orden vigente es la de noviembre de 2021 a pesar de que en el concierto se cite la anterior. Preguntada sobre si se plantean corregir los errores del concierto, la mutua responde que en todos los conciertos “existe una cláusula de inclusión automática” cuando se publica una nueva normativa que las aseguradoras están obligadas a cumplir. De hecho, la empresa corrigió su decisión cuando el caso se hizo público.

Que no les pase a más mujeres

No era la primera vez que se lo denegaban. “En esta ocasión empezábamos la fecundación in vitro tras cuatro ciclos de inseminación artificial. El primero de ellos lo solicitamos en noviembre, cuando se aprobó la orden, sabiendo que ya teníamos derecho, pero nos dijeron que no, apelando a ese precepto del concierto”, cuenta Carmen. La pareja interpuso una reclamación argumentando que las aseguradoras están obligadas a cubrir lo que la cartera de servicios incluye. Pasado un mes, recibieron la respuesta favorable. Al terminar los cuatro ciclos de inseminación sin éxito y pasar a la fecundación in vitro, se volvieron a encontrar con la misma traba.

“No puede ser que te lo concedan o no en función de la persona que te toque o de si te quejas”, denuncia Carmen, que pone el foco en el “incumplimiento de la ley” que supone la denegación del tratamiento en función de la orientación sexual o el estado civil de la mujer. “En el concierto publicado está claro que hay un error, que probablemente no sea intencional, pero que le ha servido a Adeslas para negarnos el derecho”, cree la mujer. La pareja ha querido hacer público el caso porque teme que con la redacción actual publicada en el BOE y “las interpretaciones restrictivas” que puedan hacer las aseguradoras, haya más mujeres a las que les esté pasando lo mismo.

“Tiene que redactarse de una forma en la que nadie pueda interpretar lo contrario porque por desgracia hemos visto que hay quienes, quizá en función de la ideología, se agarran a lo más restrictivo a pesar de que incumplen la ley”, prosigue Carmen, que es profesora en la Comunidad de Madrid y, como tal, obligada a ser mutualista de Muface. “Si esta fecundación in vitro que vamos a hacer ahora no funciona, nos corresponden otros dos intentos. ¿Nos va a volver a pasar?”, se pregunta la mujer, que se ha enfrentado a los flecos todavía presentes de una discriminación que se extendió durante siete años.

En este tiempo, las mujeres lesbianas, bisexuales con pareja mujer y mujeres sin pareja han tenido que enfrentarse a tratamientos interrumpidos en la sanidad pública, desembolsos de grandes cantidades de dinero en clínicas privadas para ser madres e incluso litigios en los tribunales. Varias sentencias han reconocido, además, que se trata de una norma excluyente. Así fue en el fallo que sentó precedente y que dictó el Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid en 2015, que asumió que producía una “discriminación por razón de orientación sexual”.

Las consecuencias del periplo que han tenido que atravesar Carmen y Ángela se mide en un alto coste emocional que ya vivieron el pasado junio. Aún no había entrado en vigor la nueva orden y ahí no hubo rectificación por parte de Adeslas. Se encontraron con un 'no' inalterable. Entonces, la ley amparaba la exclusión, pero no ahora. “Supone un golpe y un sufrimiento fuerte. Te vuelven a decir que no, sientes que no te respaldan solo por quién eres. Eso además de que supone una intromisión en la intimidad. Cuando nos dijeron que no, toda la oficina se enteró de que éramos dos mujeres lesbianas porque reclamamos”, cuenta Carmen.

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