Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

¿Puedes espiar el móvil de tus hijos con aplicaciones? La ley dice que no

¿Puedes espiar el móvil de tus hijos con aplicaciones? La ley dice que no

David Sarabia

Están en la Play Store y en iTunes. También en Internet. Algunas son gratuitas y otras cuestan entre 14 y 27 euros al mes. Las aplicaciones para controlar el teléfono de los menores en remoto proliferan en estos tiempos de Snapchat, Instagram y Facebook. “Hay que violar la intimidad de nuestros hijos”, decía el juez Emilio Calatayud el año pasado por estas fechas en El Mundo. Coronaba la entrevista con un “el caso es que no nos pillen”.

Una madre de Texas (EEUU) creó en el verano del 2014 Ignore no more, una app que permite bloquear un móvil a distancia con un código de cuatro cifras. Hasta que la otra persona no llame al número seguro, el teléfono no se desbloquea. La mujer dijo que estaba “frustrada” porque su retoño no contestaba nunca a sus llamadas, así que se puso manos a la obra para crear la app.

Hasta 1995, en el Código Penal español se contemplaba una “excusa absolutoria” mediante la cual los padres estaban legitimados para revisar la documentación de sus hijos. El juez Calatayud dice en su entrevista con El Mundo que “antes, nuestros padres nos registraban los cajones”, pero a partir del 1995 eso cambió y dejó de ser legal.

Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, “deja de haber justificación de ningún tipo, sea por razón familiar, por cualquier excusa (incluso laboral), para poder revisar los correos de tus hijos”, explica a eldiario.es el abogado Carlos Sánchez Almeida. “Puede ser incluso delictivo mirar el Facebook de un hijo, una red social o instalar un dispositivo de seguimiento”, continúa.

Según el abogado, “se puede criminalizar cualquiera de estas aplicaciones basándonos en el Artículo 197 ter del Código Penal”. Es el apartado dedicado a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio y que delimita el uso de programas informáticos para conseguir tales fines. Sánchez Almeida lo aclara: “Solamente está legitimado pincharle el teléfono a alguien si hay una autorización judicial, tanto para los padres como para los empresarios”.

Espía a tu hijo por 27 euros al mes

Mspy aparece en los resultados de búsqueda en Google como “la mejor app para controlar a tus empleados e hijos mediante móviles”. Entre sus muchas características, ofrece la posibilidad de capturar pantallas en remoto y de ver qué correos, qué llamadas, qué aplicaciones y qué uso se le da a estas en el móvil vigilado. También incluye un keylogger, una herramienta que captura cada pulsación que registra el teléfono y, por consiguiente, cada cosa que escribimos. El paquete básico cuesta 27 euros al mes.

“Este tipo de apps bordean la legalidad y parten de la base de que el responsable de la utilización es el usuario”, continúa Sánchez Almeida. Mspy, por ejemplo, incluye un aviso legal en su página web donde advierte que instalar el software sin permiso “a monitorear constituye una violación a la ley federal de los EEUU y/o a la ley estatal o a la ley local de su jurisdicción”.

Si algún padre o madre ya piensa en instalar una aplicación similar a Mspy en el teléfono de su hijo, ha de tener en cuenta que antes está obligado a avisarle. Como explica Juan Carlos Ruiloba, exjefe del grupo de Cibercrimen de la Jefatura Superior de Policía de Cataluña, “es ilegal siempre y cuando el hijo no tenga conocimiento ni consentimiento de la instalación en el dispositivo de ese tipo de monitorizaciones”.

Ruiloba opina que si los padres tienen indicios de que el menor pueda estar en peligro en un momento determinado, pueden hablar con él y explicarle la razón de esa vigilancia. “Pero ahí entramos en valorar si el hijo es suficientemente capaz de poder dar esa autorización”, continúa.

Obligación de proteger a los hijos

Hace dos años, una madre le quitó el móvil a su hija mientras dormía y entró a su Facebook. Dijo que sintió “escalofríos” al descubrir que el padre de un amigo del colegio se hablaba con ella a través del chat y le invitaba a dormir a su casa, así que le denunció. El juez admitió las pruebas presentadas por la madre ya que “había un peligro manifiesto de agresión sexual sobre la menor” (la sentencia se puede consultar aquí en PDF).

“Los padres tienen la obligación de proteger a sus hijos. En aquellos casos que están muy justificados porque hay indicios más que suficientes de que el niño pueda estar en peligro, el derecho del niño a su intimidad ante la obligación del padre a protegerlo podría estar en contradicción legal”, explica Ruiloba. Es ahí justamente donde imperaría un “estado de necesidad”.

El policía, que lleva desde 1984 dedicándose a la informática forense, indica que “serían casos excepcionales donde el niño ya ha vivido situaciones de agresiones, de drogas o contra su intimidad sexual. Y donde los padres estén en una situación que no saben qué hacer o qué está sucediendo”.

Para el resto de casos, Ruiloba recomienda hablar con los menores primero y recuerda que hay otras soluciones de seguridad, como “que esa información quede monitorizada y que el padre no tenga la contraseña. Que la tenga un notario y que en caso de que pase algo se use para poder acceder al teléfono”. Ruiloba recuerda que si el menor descubre que está siendo espiado sin su consentimiento, “puede denunciar a los padres o a los familiares alegando intrusión en su derecho a la intimidad”.

El miedo que lleva a espiarles

Más alternativas plantea el psicólogo Javier González-Patiño. Él habla de aprovechar las situaciones de la vida cotidiana para acompañarles e introducirles a su paso por Internet. “¿Vamos a hacer un viaje? Pues podemos proponer que se invente una especie de minidiario, que se abra un blog de las vacaciones y que vaya subiendo fotos paisajísticas o relatos, nada íntimo”, explica.

González-Patiño niega que las redes sociales hayan incrementado las conductas de acoso en los colegios. “Empíricamente no hay ahora mismo ningún estudio que demuestre eso. Es más, en educación hemos encontrado muchas veces que estos entornos digitales permiten 'entrenamientos' contra los abusones”.

“No se puede vulnerar el derecho a la intimidad que tiene la infancia. No es legal”, dice el psicólogo, que también es investigador en educación y medios digitales. Para darnos cuenta de lo ineficaz de usar el Gran Hermano contra los menores, asegura que “nunca antes en la historia de la humanidad ha estado tan documentada la vida privada de los jóvenes y de los niños por ellos mismos”. Y a pesar de eso, “nos esforzamos y nos gastamos dinero en espiarlos”.

González-Patiño continúa asegurando que “no es que las familias, los padres o las madres sean seres perversos. Es que les puede el miedo”. Relaciona este miedo con la proliferación en los medios de noticias sobre acoso en los colegios, “de lo que ha pasado por usar Facebook en tal centro”, noticias que según él tienen “más morbo” y consecuentemente “más lectores”.

El psicólogo, que se muestra partidario de acompañar a los menores “en un uso crítico” de Internet, se pregunta también sobre los beneficios últimos que puede tener espiarles. “No existen. Cuando te descubra ya te habrás cargado el cemento de la relación que te va a quedar con él o con ella, que es la confianza. No hay otra”, concluye.

Etiquetas
stats