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Por la calle de en medio

Miles de personas se concentran frente al Ministerio de Justicia en Madrid contra la sentencia de 'la manada'

Elisa Beni

Me declaro fuera de toda manada. De las que agreden y de las que pretenden que la Justicia sea hecha en las plazas. No encuentro otra forma de abordar este asunto que desde la serenidad y la razón. Voy a contarles lo que he visto en esa sentencia que ayer inflamaba al país, a muchas mujeres del país, y que lo hacía precisamente porque se ha querido que la voz de la víctima, o sus silencios, fueran tenidos en cuenta con toda la fuerza de su denuncia. Puede parecerles un contrasentido, pero no lo es y esta es la debilidad de la sentencia.

En la resolución Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra se retrata con toda claridad un tribunal dividido, quebrado, fracturado, hasta un punto que es difícil ver en la práctica forense. Veo un tribunal que ha sentido la presión social hasta el punto de verse quizá inconscientemente forzado a emitir una sentencia de cerca de 400 folios para un asunto que, en principio,no precisaría de tantos. Muchos de ellos están dedicados a reforzar una posición que es un equilibrio, más inestable que estable, incluso desde el punto de vista técnico. Veo un voto particular que casi es una acusación de prevaricación hacia sus compañeros, algo inusitado, por su virulencia, por las descalificaciones jurídicas que hace de ellos sin un ápice de respeto o siquiera de educación.

Veo un tribunal que sólo ha coincidido en una cosa: NO se dan la violencia o la intimidación que precisa lo que popularmente llamamos violación -agresión sexual con acceso carnal del artículo 179 del Código Penal- pero que a partir de ahí no han sido capaces de lograr no sólo un consenso sino tampoco unas formas entre ellos. No quiero ni imaginarme cómo han debido de ser las deliberaciones. Decía pues que los tres magistrados consideran que no se da violencia, eso es claro, pero tampoco la intimidación necesaria para conceder las penas que pedían la Fiscalía y las acusaciones. Este puede ser uno de los problemas, apunten porque volveré sobre ello, pero lo cierto es que ellos han tenido acceso a los vídeos, al sumario, a los testimonios, a los peritajes y a todos los informes. Ellos han tenido delante a la víctima y a los acusados y les han escuchado. Ninguno de nosotros lo ha hecho.

Lo cierto es que no hallando tal intimidación, el tribunal se ha quebrado entre los dos magistrados que han considerado que, aún no dándose esa intimidación del tipo violación, tampoco tenían ante sí sexo libre y consentido. El tercero de ellos, sí. El tercero en su voto particular ve una alegre orgía que encuentra sórdida y fría, puro sexo animal, pero en la que no encuentra motivos para pensar que no hay consentimiento. No sabemos cuán fan de Youporn es el magistrado pero esa es su posición que exige, en la lógica jurídica, la libre absolución. Enfrente se hallan otros dos magistrados que aprecian la humillación, la falta de consentimiento, la presencia de cinco machos adultos y fuertes y la de una chica de 18 años ebria que siempre ha manifestado que le hicieron cosas que ella no quería. Estos dos magistrados, creo que en aras a hacer justicia material, han elegido una vía intermedia que les ofrecía el Código Penal, la del artículo 181.3 y 181.4, que es un curioso artículo en el que se habla de un consentimiento viciado porque se obtiene “prevaliéndose de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima”. Y aquí, queriendo hacer justicia por la vía de en medio, es donde yo creo que tropieza la sentencia. Entre otras cosas porque en sus hechos probados describen una intimidación perfectamente compatible con la violación pero luego argumentan y fallan otra cosa. Y también porque es difícil ver -y este es un problema del legislador- cómo puede esa situación de superioridad manifiesta que coarta la libertad no ser una intimidación en toda la regla y, por tanto, cómo no estamos ante una violación.

Palabras. Tecnicismos cada vez más complejos para describir los grados de violencia o de intimidación o de consentimiento en los delitos en los que mayoritariamente la mujer es la víctima. Fíjense qué poco prurito para apreciar la violencia se tiene en la cuestión del procés. Cómo ahí muchos están dispuestos a ver violencias diferidas, intencionales, puramente teóricas. Este es quizá uno de los problemas que el legislador debería afrontar para mejorar la respuesta a la exigencia de Justicia que ruge en las plazas. Las mujeres ya no van a conformarse con un análisis de bisturí sobre la acción del hombre cuando las agrede, tan de bisturí y tan fino, tan salido de mente masculina, y tan abstruso a veces que quizá sea una forma encubierta y antigua y patriarcal de aceptar que la mujer debe de sufrir más cosas de las que desea para preservar lo que llamamos Justicia. Un análisis que pierde fineza cuando de otra violencias e intimidaciones se trata. A los ejemplos de la actualidad de estos días me remito.

No puedo dejar de señalar que el magistrado disidente no sólo ha dejado servido el recurso a los defensores, eso suele suceder, sino que ha cruzado líneas insólitas. En su sentencia individual, porque eso es este voto, llega a decirles bien claro que discrepa de la motivación fáctica de la sentencia mayoritaria “porque parece preordenada a justificar esa condena”. Les acusa de haber tratado de “forma obsequiosa” el testimonio de la víctima y de haber “convertido en otra cosa distinta de lo que ha sido objeto de acusación por parte de los otros dos magistrados al haber aplicado el artículo 181”. Dice, en román paladino, que los otros dos miembros del tribunal han acomodado la realidad de lo visto en el plenario a la posibilidad de condenar por algo, aunque no fuera lo que pedían las acusaciones. Tremendo.

No quiero justicia medieval. Rechazo esas peticiones absurdas de inhabilitación para los jueces o esos intentos de entrar en un tribunal de Justicia a la fuerza. Creo que hay que dirigir los esfuerzos a propugnar los cambios legales necesarios para que la mujer no sea una eterna sospechosa en los delitos contra su libertad sexual aunque, y eso lo tendrán que admitir hasta las feministas más exacerbadas, respetando los derechos constitucionales de los varones y dándoles seguridad jurídica.

Cada vez vamos a asistir a más situaciones como ésta. Las generaciones que han obtenido su educación sexual viendo pornografía dura van a verse sometidas a tensiones entre la ficción y la realidad que van a provocar dolor y que van producir discusiones jurídicas y tensiones sociales. Incluso si las mujeres se embarcan en cosas que creen que disfrutaran y luego descubren que no, ha de ser posible que su libertad se respete.

Este caso debe seguir la vía de los recursos y esperar que tribunales con más cohesión y capacidad de consenso jurídico nos den la solución final. Las protestas, las manadas, a quien deben mirar es a los legisladores para exigirles una respuesta adecuada para la libertad de las mujeres del siglo XXI.

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