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La polémica Ley de Caza de Castilla-La Mancha ya es oficial

Coto de caza / Foto: Javier Robla

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica ya en su edición semanal de elementos públicos la totalidad de la nueva Ley de Caza que fue aprobada hace una semana en las Cortes generales. Con esta publicación en teoría en 20 días entrará en vigor la ley, si bien hay que hacer un nuevo reglamento de la misma así como adaptar las condiciones de los actuales cotos de caza y sus licencias a la nueva ley. Además al nuevo reglamento se podrán hacer alegaciones por lo que es más que seguro que la nueva ley de caza no solo no entrará en vigor antes de las elecciones, sino que es muy posible que no esté en vigor ni para final de año en la próxima temporada de caza.

Una nueva ley que fue aprobada la semana pasada en las Cortes rechazando las más de 170 enmiendas al texto presentadas íntegramente por la mayoría del Partido Popular en la cámara y que contó en la zona de público con miembros de la Plataforma contra la Ley de Caza. La mayoría 'popular' de diputados impidió aprobar ninguna de las enmiendas en un debate parlamentario que dura en torno a 90 minutos.

Su publicación es prácticamente el penúltimo paso, especialmente el último político, que necesitaba la ley para ser aprobada. Sin embargo será el próximo gobierno regional el que tenga que avalarla (siguiendo con la tramitación de la ley) o derogarla (parando el proceso, eliminándolo y devolviéndolo a la cámara para un nuevo debate donde el nuevo reparto de escaños decidiría entonces qué pasaría con ella).

Por ello los miembros presentes de la Plataforma en contra de la ley ya han indicado que todo dependerá del nuevo gobierno salido de las urnas el 24 de mayo, ya que antes es imposible que se pueda practicar la caza con la nueva ley. Además la gran mayoría de partidos han mostrado su rechazo a la ley: PSOE, Izquierda Unida, UPyD, Equo, Podemos (a cómo está la ley actualmente planteada), etc., mientras que otros partidos aún no se han manifestado al respecto. La gran mayoría apuestan por o bien abolirla directamente o volverla a negociar desde cero con todas las partes afectadas (incluidas las partes que se han dejado fuera, como los Agentes Medioambientales).

 

 

Agentes Medioambientales: un “policía” al que ni se le pregunta por la ley

Agentes Medioambientales: un “policía” al que ni se le pregunta por la leyLos Agentes Medioambientales serán los máximos encargados de que la nueva ley se cumpla en los cotos de caza establecidos. Serán la autoridad que, sobre el terreno, velará para que todo se desarrolle según el reglamento pendiente de hacer ahora. Sin embargo, a este cuerpo medioambiental ni se le ha preguntado por la ley: no han participado en la negociación de la misma ni se han reunido con ellos la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Por lo que su posición pasa a ser la de un policía al que le dan una ley y tiene que hacerla cumplir independientemente de que estén o no de acuerdo con ella.

Por ello los propios agentes han expresado en numerosas ocasiones la dejadez del Gobierno regional con este cuerpo. Siendo los encargados de hacer que tan controvertida ley se haga cumplir, esperaban que al menos fuese preguntada su opinión entre los colectivos a los que se ha preguntado. Porque sí se ha contado con la valoración de la federación de caza, de los propietarios de cotos y del gremio de cazadores, pero no de los agentes medioambientales. Para que la Plataforma contra la ley fuese recibida por el grupo del Partido Popular en la región fue necesario registrar en las Cortes 117.000 firmas y la presión popular con una manifestación en Toledo. Simplemente para ser recibida, que no escuchada. Sus valoraciones al texto quedaron hechas a través de enmiendas presentadas por el PSOE en la cámara que como dijimos antes fueron rechazadas todas.

 

 

Los artículos más controvertidos de la ley

Los artículos más controvertidos de la ley

En el artículo 20 de la ley, que se refiere al uso de armas permitidas para la caza, en el punto 2, se establece: “Para la práctica de la caza podrán usarse las siguientes armas reglamentadas”, y en el cuarto guión se indica, “Las lanzas en las modalidades de caza que permitan su uso”. Es decir, que se permite el lanceo de animales.

El punto 6 del artículo 7 de la ley indica que “Los animales domésticos asilvestrados no tendrán la consideración de piezas de caza. No obstante, podrán ser abatidos o capturados por razones sanitarias, de daños o de equilibrio ecológico, previa autorización del órgano provincial, donde se especificará los medios de captura a utilizar, que en cualquier caso, serán selectivos y no actuarán en perjuicio de otras especies o de sus hábitats”. Este artículo es uno de los controvertidos ya que la ley también incluye qué se considera un animal doméstico asilvestrado, que son los que “criados en cautividad, estén en un terreno cinegético sueltos”. Aquí, con la redacción actual de ese punto, se contempla matar perros, gatos y otros animales domésticos.

Otro de los elementos para rechazar la ley es que permite muchos casos que no se indica qué sucedería, sino que “quedarían pendientes de ordenación por el Consejo Regional de Caza” u otros entes como la propia Consejería. Es decir, que muchos casos pueden considerarse “excepcionales” para que así decida sobre ellos estos organismos, y dado que no hay una baremación objetiva de qué es excepcional, cualquier situación puede entenderse como tal. Una redacción demasiado abierta y poco concreta del texto que deja vía libre a lo que después estipulen otros organismos.

El artículo 17, referido a la licencia de caza, indica que “Para obtener por primera vez la licencia de caza es necesario tener 14 años cumplidos”. También se indica en el artículo anterior que “Para que los menores de 18 años puedan cazar en cualquier modalidad, se requiere, además, que vayan acompañados por algún cazador mayor de edad que controle su acción de caza”, nunca podrán hacerlo solos sin un adulto, pero sí podrán hacerlo con esa edad, otro de los puntos controvertidos de la ley.

La totalidad del texto se puede consultar en este enlace, son 59 páginas en total todo el texto con 87 artículos así como otras tantas disposiciones temporales.

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