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El blog personal del director de elDiario.es, Ignacio Escolar. Está activo desde el año 2003.

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Strawberry y los delitos de opinión

Ignacio Escolar

La condena de un año de cárcel a César Strawberry por seis tuits aleja el sistema penal español de Holanda, Suecia o Reino Unido, y lo acerca a Turquía, Ucrania o Marruecos. Nos hace peores. Nos degrada como país. En la mayoría de los países democráticos, ni el mal gusto ni los excesos en la libertad de expresión se castigan con el Código Penal. No es que las injurias, las calumnias o los discursos de odio salgan gratis. Si tu libertad de expresión pisotea a la de otros y el ofendido te demanda, en la mayoría de los países democráticos te puedes enfrentar a una multa o a una indemnización, pero no a una pena de prisión. Hay que irse a Turquía, a Rusia o a Ucrania para encontrar otras sentencias como las que acaba de firmar el Tribunal Supremo español.

Que la opinión te lleve a la cárcel es un absoluto exceso de nuestra legislación, herencia de la lucha terrorista contra ETA, pero no es el único. También es inusual que de estos casos se ocupe un tribunal extraordinario como es la Audiencia Nacional. Y es otra anomalía más que sea la Fiscalía y no los supuestos damnificados quien se ocupe de perseguir de oficio este tema. Como si no hubiese mayor prioridad. Como si no hubiese nada mejor que hacer en la Audiencia Nacional que perseguir a tuiteros o a titiriteros.

Para mayor sinsentido, resulta que muchas veces los supuestos perjudicados por los delitos de Twitter están en contra de esta cruzada en la que se ha embarcado la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Lo estaba Irene Villa en el caso del concejal Zapata. Lo está la nieta de Carrero Blanco con la tuitera acusada. Lo está Eduardo Madina y otras víctimas del terrorismo con los tuits de César Strawberry. Ha dado igual.

Como dice el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, autor del voto particular contra esta sentencia, esos tuits de César Strawberry son “meros exabruptos sin mayor recorrido, que se agotan en sí mismos; desde luego francamente inaceptables, pero esto solo”. Estoy de acuerdo con él, tanto en sus calificativos sobre los tuits como en su voto particular, favorable a mantener la absolución a Strawberry. Consuela saber que en el Supremo también hay quien discrepa de esta sentencia, aunque el verdadero problema no está ahí, sino en nuestra legislación.

¿Tiene sentido que permanezca en el Código Penal el delito de enaltecimiento del terrorismo cuando ETA ya es historia y el terrorismo ha dejado de ser en España el grave problema que, por desgracia, fue? ¿Por qué las víctimas del terrorismo merecen una protección legal especial contra las injurias? ¿Por qué no se da ese mismo trato a las víctimas del franquismo, las víctimas de la violencia machista, las víctimas del racismo o las víctimas de la homofobia? ¿De verdad la cárcel es una respuesta proporcionada en un país democrático ante estas supuestas ofensas, ante los chistes de mal gusto o ante seis tuits?

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