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La futura Ley de Participación Ciudadana permitirá pulsar la opinión de los andaluces sobre las políticas públicas

Participación ciudadana.

Olga Granado

El proyecto de Ley de Participación Ciudadana que este miércoles ha aprobado el Consejo de Gobierno, tras haber pasado más de dos años desde que se ratificara el anteproyecto en la pasada legislatura, es mucho más descafeinada de lo que se había propuesto con ese texto, básicamente para evitar que se la tumbe el Tribunal Constitucional (TC), por lo que ha eliminado la posibilidad de consultas populares dirigidas a toda la población mayor de 16 años como pretendía entonces. 

Prueba de ello es que en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, ni el portavoz, Miguel Ángel Vázquez, ni la consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, han recurrido a las habituales expresiones de “Andalucía se pone a la vanguardia” o “se trata de una ley pionera” entre otras cosas porque varias comunidades autónomas se le han adelantado ya en la materia. 

El cualquier caso, el proyecto de ley es ya una realidad, tras varios anuncios fallidos de la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, y será remitido “de inmediato para su debate” en el Parlamento de Andalucía, con la garantía de que no sobrepasa límites que pudieran llevar a un recurso del Gobierno de la Nación, como le ocurrió a Cataluña por el tema de las consultas populares. 

De este modo, se ha eliminado la posibilidad de consultas populares a toda la población, por su carácter de referéndum, competencia del Gobierno de la Nación. Sólo recoge la opción de encuestas y fórmulas similares dirigidas a un público determinado y no a la población en su conjunto. Sus resultados no serán vinculantes, como ocurría también con el anteproyecto que se elaboró cuando el PSOE-A gobernaba con IU, que tenía las competencias en la materia, entonces desde la Consejería de Relaciones Institucional y Administración Local. Eso sí, que no sean vinculantes no exime de la obligación de justificar por qué se rechazan las decisiones expresadas por los consultados.

María José Sánchez Rubio ha insistido en que la figura de consultas populares ha sido eliminada como estaba prevista para respetar la doctrina del TC. Con ello, la participación ciudadana queda reducida a fórmulas para consultar sobre cuestiones muy determinadas a un grupo muy concreto de población que se entienda afectada en un momento dado. La consejera ha reconocido que todavía no está regulado cómo se hará, en referencia a que habrá asuntos que sí sean de interés de toda la población y cuando, sin embargo, el proyecto de ley está recogiendo que no puede preguntar a todos los andaluces.

Sobre el hecho de que los resultados no sean vinculantes, lo que se hereda del anteproyecto, ha expuesto que no responde a la doctrina del TC, sino a que la Junta de Andalucía “no puede ni quiere delegar su propia responsabilidad”, pese a que pueda escuchar a los ciudadanos.

En su opinión, la futura ley “va a permitir dar más participación a la ciudadanía”, de manera que “la voz de los andaluces se va a poder oír por distintos cauces”. Ha destacado que esta norma “va íntimamente ligada a la Ley de Transparencia porque son dos caras de una misma realidad y objetivo: profundizar en la democratización”. La ley aboga por “una democracia más participada” y se introduce como “modelo de relación entre las administraciones y la ciudadanía”, según ha expresado.

Por otra parte, desde la Junta de Andalucía han justificado este retraso en la norma a la elevada participación ciudadana para su elaboración, “con más de 5.500 personas” que han tomado parte en la misma, tanto con propuestas como acudiendo a los foros de debate que se han convocado para su discusión. No obstante, esa misma cifra de 5.500 participantes ya se dio cuando la pasada legislatura se ratificó el anteproyecto.

En este contexto, la participación ciudadana en la futura ley se contempla en dos niveles de asuntos, autonómicos y locales; para dos tipos de destinatarios, colectivos y cualquier persona a título particular; y por dos vías, presencial y telemática.

Las administraciones -Junta de Andalucía y consistorios- integrarán en sus acciones estos procesos, que podrán ser de deliberación; de elaboración de presupuestos; de proposición de políticas públicas y elaboración de normas; de evaluación; y de consultas participativas. De estas últimas, se entiende que son más allá de las regulaciones establecidas en la Ley de Consultas Populares Locales en Andalucía, de 2001, y la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, de 1985.

Cuatro fórmulas para participar

Deliberación participativa. El proceso se iniciará tras la decisión o adopción de una política pública, a petición de la ciudadanía y con el apoyo mínimo de 20.000 firmas si el ámbito es autonómico o del mínimo exigido en reglamentos específicos si es local. En caso de decisión favorable, deberá realizarse en el plazo máximo de 30 días desde la resolución a partir del denominado Acuerdo Básico Participativo, documento que establecerá los términos del procedimiento.

Participación en la elaboración de los presupuestos. Esta posibilidad se prevé tanto para las cuentas autonómicas como municipales, con el fin de que la ciudadanía pueda marcar prioridades sobre aspectos puntuales en las partidas de gasto. No son presupuestos participativos al uso, porque los consistorios que puntualmente los aplican sí se comprometen a respetar la decisión de la ciudadanía. 

Procesos de proposición de políticas públicas y de normas. Para ello, los interesados deberán del apoyo mínimo de 20.000 firmas. Esto supone un avance con respecto a lo que puede ser la ILP (iniciativa legislativa popular) que se eleva para que el Parlamento de Andalucía debata una norma propuesta por la ciudadanía, dado que en ese caso se pide el doble de firmas. En ningún caso, insistimos, son decisiones vinculantes. 

Consultas populares. Podrán llevarse a cabo mediante encuestas, audiencias públicas, foros de participación, paneles y jurados ciudadanos y consultas participativas. Estas últimas podrán ser de iniciativa de las administraciones o de la ciudadanía. Para las autonómicas, podrán ser por iniciativa de la presidencia de la Junta de Andalucía o por consenso de un 10% como mínimo de los consistorios, siempre que superen los 500.000 habitantes. Si las presentan los ciudadanos, deberán llevar un mínimo de 30.000 firmas. Mientras, las municipales podrán partir de la corporación provincial o municipal -por mayoría simple de por los menos dos grupos o de un tercio de los miembros del pleno- o de la ciudadanía, para lo que se fijan exigencias de firmas en función de la población. La convocatoria corresponde en todo caso a la alcaldía o presidencia de la diputación tras obtener mayoría absoluta en el pleno la propuesta.

Finalmente, María José Sánchez Rubio ha anunciado que en cada consejería habrá una unidad específica de participación ciudadana que no podrá suponer ningún incremento de presupuesto en la estructura de las mismas. De hecho, la ley no tiene incremento de gasto en las cuentas de la Junta de Andalucía, pese a que pueda suponer “reorganización en las estructuras”. Los gastos que puedan comportar las consultas los tendrán que asumir las consejerías en función del presupuesto con el que cuenten. “No es una ley sencilla, pese a que lo parezca, porque cambia los cánones entre la administración y la ciudadanía”, ha concluido la consejera. 

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