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Ley de Servicios Sociales de Andalucía, ocho años

Los servicios sociales deberían mejorar

Rafael Arredondo

Profesor de Trabajo Social de la Universidad de Málaga. Miembro de la Coordinadora Andaluza de Iniciativa del Pueblo Andaluz —
16 de diciembre de 2024 20:48 h

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En unos días se cumplirán 8 años de la aprobación de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, la segunda ley referida a ese ámbito de actuación aprobada en nuestra comunidad, desde la Constitución de 1978. Por recordar, la primera ley data del año 1988, y tuvieron que pasar 28 años para que se aprobara esta segunda.

La entrada en vigor de la nueva ley fue un hecho histórico en el ámbito social, y por ende, en el del Trabajo Social, no sólo por la necesidad urgente que existía de actualizar y adaptar a una realidad tan cambiante como es todo lo que se puede circunscribir a los aspectos sociales, y que la nueva ley recogía: desde el profesional de referencia (art. 31) a los equipos profesionales (art. 30), a la Carta de Derechos y Deberes (art. 13, 63, Disposición Adicional sexta), aspectos éticos (Capítulo X), los conciertos sociales (art. 103), la Investigación e innovación en Servicios Sociales (Capítulo IX), entre otros… pero sobre todo, un nuevo Catálogo de prestaciones (art. 41), actualizado y acorde a un Sistema de Servicios Sociales que supere lo asistencial y convierta en el eje central de la intervención los derechos sociales.

Un modelo de intervención que la propia ley establece en el denominado como de “atención integral centrada en la persona o en la unidad de convivencia, desde un enfoque de desarrollo positivo y de efectiva participación de la persona en el proceso de atención” (art. 45.1). Con todo un Capítulo V que viene a definir y marcar como debe de ser el “Proceso de intervención”.

La importancia de un nuevo Catálogo de Prestaciones era tal que la ley en su Disposición adicional cuarta establece que: “El Consejo de Gobierno aprobará el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley”.

Hoy, a casi 8 años de entrada en vigor de la ley, este Catálogo sigue siendo sólo letra escrita, como se suele decir el papel lo asume todo sin que se haya hecho efectiva esta Disposición y sin que tampoco exista ningún tipo de consecuencia más allá de las que afecta a las personas que son atendidas en el Sistema Público de Servicios Sociales. Por recordar, el conjunto de la población, tú y yo, no sólo los “pobres”, los “vulnerables”, los “necesitados” … típicas expresiones utilizadas a la hora de definir a este colectivo. Y, además, me molesta como profesional del Trabajo Social que se nos adjetive como “vocacionales”, desde una visión puramente asistencialista y de un buenismo que lo que transmite son visiones trasnochadas de otras épocas.

Hace unos días se ha conmemorado el día de la Constitución, 6 de diciembre, 46 años, y aún el Sistema Público de Servicios Sociales sigue sin alcanzar el tratamiento que requiere, sigue siendo la cenicienta del cuento.

Estamos ante un Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía, que en muchas de las ocasiones es considerado el cajón de sastre para cualquier situación que ocurra, no valorado, falto de interlocución con la sociedad civil y la participación, y peor presupuestado

Igual es necesario recordar y destacar que significa el Sistema Público de Servicios Sociales:

- Es el Sistema que aborda e interviene sobre las situaciones con menores, estén estos ubicados en el ámbito de protección o de reforma, con miles de ellos bien en centros o en familias de acogida.

- Es el Sistema sobre el que se vehicula todo lo que es el desarrollo de la ley de dependencia en Andalucía, que ha tenido que gestionar más de cuatrocientas mil solicitudes (412.895 a 31 de octubre), con unas limitaciones tremendas, con respecto a todos los recursos servicios y prestaciones, que son sufridas por las personas solicitantes.

- Es el Sistema que atiende una media de un millón de personas (1.111.534 en el año 2022 último dato disponible) a través de los Servicios Sociales Comunitarios de los ayuntamientos de Andalucía, falto de personal y de recursos materiales.

- Es el Sistema que atiende a sectores de población en riesgo y/o con dificultades: como mayores, discapacitados, mujeres víctimas de violencia de género, personas con problemas de adicciones, etc.

- Es el Sistema sobre el que recaen necesidades que sufre la población como: la falta de vivienda y el sinhogarismo, el desempleo, los conflictos intergeneracionales, etc.

En definitiva, se está ante un Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía, que en muchas de las ocasiones es considerado el cajón de sastre para cualquier situación que ocurra, no valorado, falto de interlocución con la sociedad civil y la participación, y peor presupuestado.

La ley aprobada en 2016 venía hacer frente a estas y muchas otras situaciones; hoy, ocho años después, los problemas no es que se hayan solucionado o aminorado, es que se han incrementado y en cualquier momento puede saltar por los aires.

Andalucía necesita cambiar el paso también en los Servicios Sociales. Eso sería trabajar por Andalucía.

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