La Justicia archiva la denuncia de la Junta contra la portavoz de Por Andalucía por llevar “la teta de Anabel” al Parlamento
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TJSA) ha archivado la denuncia que interpuso el Servicio Andaluz de Salud (SAS) contra la diputada y portavoz de Por Andalucía, Inmaculada Nieto, por mostrar una mamografía durante la sesión de control del Parlamento al presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, el pasado 23 de octubre.
Nieto, con autorización de su dueña, mostró varias mamografías de “la teta de Anabel” para preguntar al presidente por qué habían desparecido las marcas señaladas por los radiólogos antes del “apagón” del sistema informático del SAS, que luego no estaban. La diputada hizo suya la denuncia de pacientes que aseguraban que se estaban produciendo “borrados” y “manipulaciones” en sus historiales clínicos, alojados en los servidores del SAS.
Es una denuncia que Amama, la asociación que destapó el escándalo de los cribados de cáncer de amama, llevó directamente a la Fiscalía de Sevilla, que inicialmente abrió diligencias para investigar los casos, pero terminó archivándolo.
Tras el debate parlamentario en el que Nieto mostró las mamografías al presidente moreno, la letrada del SAS, en representación de su gerente, Valle García, interpuso una denuncia contra la parlamentaria imputándole la comisión de un delito de revelación de secretos con motivo de una intervención parlamentaria y la falsa afirmación de una alteración de pruebas diagnósticas.
El juzgado de instrucción de Sevilla que recibió la denuncia se inhibió en favor del TSJA, dada la condición de aforada de la diputada de Por Andalucía. La Fiscalía presentó un informe solicitando la inadmisión de la denuncia y el archivo de a causa al no revestir los hechos indicios de delito y el magistrado Miquel Pasquau dio carpetazo al asunto.
Sobre el supuesto delito de revelación de secretos, el juez lo ve injustificado porque “la persona agraviada no sería el SAS, denunciante, sino la profesional cuyo nombre y apellidos aparecen en la mamografía expuesta, que no ha formulado denuncia”. Además, el auto, al que ha tenido acceso este periódico, recuerda que Nieto “exhibe la mamografía en el contexto de una sesión parlamentaria de control al gobierno, con legítima finalidad de denuncia o cuestionamiento del funcionamiento de un servicio público, estando por tanto protegida tal actuación por el artículo 101.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, según el cual ”los Diputados gozarán, aun después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo“.
El juez no ve “ilicitud alguna en la obtención del dato (lo obtuvo la persona diagnosticada, que obviamente tiene acceso a las mamografías tal cual fueron exhibidas, entregándoselas a la denunciada), ni tampoco hay utilización de datos reservados ”que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, o en cualquier otro archivo o registro“ con intención de ”descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro“.
La decisión del magistrado echa por tierra los argumentos jurídicos de la denuncia de los abogados del SAS y justifica su archivo con un sonoro y rotundo reproche: “Vista su falta absoluta de fundamento jurídico apreciable sin necesidad de diligencia alguna de investigación, la denuncia ha de calificarse como un injustificado y reprochable intento de criminalización de una conducta inequívocamente parlamentaria que no es constitutiva de delito, por lo que no es apta para provocar la incoación de diligencias previas y ha de archivarse”.