En Aragón hay más de 5.000 afectados por preferentes que invirtieron, de media, 30.000 euros
El afectado por la compra de participaciones preferentes en Aragón es una persona mayor de 50 años, que invirtió en este producto alrededor de 30.000 euros y con un perfil de inversión conservador. En la actualidad son 5.000 los perjudicados en la Comunidad por estos productos tóxicos. Cifra que ha disminuido considerablemente desde los alrededor de 8.000 que había en 2013.
Tal y como publicó la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el 80 % de los afectados en España es mayor de 65 años. Parece claro, por tanto, que los bancos encontraron en los jubilados su víctima propiciatoria para venderles este pestífero producto. A pesar de que estos no son “ignorantes financieros”, como apuntó Miguel Blesa para justificar la mala praxis de Caja Madrid.
Precisamente es Bankia (la marca que absorbió, entre otras, a Caja Madrid) la entidad con más afectados en Aragón, unos 2.000; aunque también vendieron preferentes otras como CEISS, Caja Duero y Caja España (curiosamente ahora las tres son la misma).
Son las demandas colectivas presentadas por organizaciones como AICAR ADICAE las que han hecho que el número de afectados por estos productos tóxicos en la Comunidad haya descendido en alrededor de 3.000 en los dos últimos años. Siempre solicitan que se les devuelva todo el dinero a los clientes y aseguran que, por regla general, los bancos tratan de eludir que el ahorrador reclame por vía judicial porque en la mayoría de los casos “se está ganando”. Algo similar a lo que ocurre con las cláusulas suelo de las hipotecas.
Un buen ejemplo es lo que sucedió en junio de este mismo año cuando un juzgado zaragozano obligó a pagar casi 32.000 euros a una afectada por daños y perjuicios. En este caso la denuncia la interpuso Ausbanc.
Compensar la pérdida en la declaración de la renta
Los afectados pudieron compensar en la declaración de la renta del año actual la pérdida de dinero ocasionada por estos productos.
Tal y como se estipulaba en el punto IX del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, “se permite la compensación de las rentas negativas de la base del ahorro derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes, o de valores recibidos a cambio de estos instrumentos, generadas con anterioridad a 1 de enero de 2015, con otras rentas positivas incluidas en la base del ahorro, o en la base general procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales”.