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Más del 40 % de los profesores de la Universidad de Zaragoza tienen contrato temporal

Acto de apertura del curso académico 2018-2019

Óscar F. Civieta

Zaragoza —

En 2016, el 41,51 % del personal docente e investigador de la Universidad de Zaragoza tenía contrato laboral temporal. Lo que supone el incumplimiento del artículo 48.5 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que permite un máximo del 40 %. Es una de las “salvedades” del informe de fiscalización de las cuentas anuales del centro público aragonés en 2016, que ha hecho público la Cámara de Cuentas de Aragón, y que concluye con una opinión general “favorable”.

El estudio refleja una tendencia, desde 2008, al incremento del personal laboral (2.729 en 2016) frente al descenso del funcionario (3.019 en 2016). Dentro del personal laboral, el 89 % es de carácter temporal. En total, hay 5.478 empleados (4.016 personas son Personal Docente e Investigador –PDI– y 1.732 Personal de Administración y Servicios –PAS–).

Entre los incumplimientos, también se refleja en el informe que no se han respetado los plazos en cuanto a la revisión y aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Universidad (que debería llevarse a cabo cada dos años, según los propios estatutos del centro).

Contratación

La Universidad formalizó, en 2016, 126 contratos (69 de servicios, 40 de suministros, 4 de obras y 13 derivados de Acuerdo Marco) por un importe de adjudicación de 32.111 millones de euros.

También en el apartado de incumplimientos, el análisis expone que “en todos los contratos examinados la fórmula utilizada para valorar la oferta económica no reparte la totalidad de los puntos de forma directamente proporcional al porcentaje de baja. Por lo tanto, se produce una alteración de la ponderación del precio prevista en los pliegos del contrato”.

De igual forma, “en casi todos los contratos examinados, el anuncio de licitación no incluye los criterios de solvencia y adjudicación, contraviniendo la previsión del artículo 150.5 del TRLCSP”.

Recomendaciones

El informe finaliza con un listado de siete recomendaciones. Entre ellas, la de establecer un registro de las obligaciones reconocidas financiadas con recursos afectados, que complemente la información que ofrece el presupuesto; anular los distintos derechos reconocidos en el momento en el que se recibe la liquidación definitiva, o establecer un criterio general para el cálculo de la provisión por insolvencias, aplicándolo a todos los deudores de la misma forma.

También se insiste en la necesidad de corregir las incidencias detectadas en los expedientes de personal, que vienen repitiéndose desde antes de 2013, y de revisar el sistema de gasto descentralizado, para minimizar el riesgo que una descoordinación introduce en el cumplimiento de la normativa, especialmente la contractual. Se recuerda en el mismo apartado que la Universidad “ha realizado en los ejercicios pasados un gran esfuerzo en la regularización del área de inmovilizado”, y se recomienda mantener esa labor de regularización.

En cuanto a la Unidad de Control Interno, se apunta que “su dependencia orgánica y funcional del rector supone una debilidad para el ejercicio del control al no haber una adecuada segregación de funciones. La escasa dotación de personal impide que la Unidad realice todos los controles en un plazo adecuado y cercano a la ejecución de las actividades económicas”. Por ello, la recomendación es reforzar esta Unidad, “de forma que pueda realizar su actividad en un tiempo más cercano al desarrollo de la gestión y afrontar con garantías la realización de todo el control económico financiero que las normas le imponen”.

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