La declaración de una niña de tres años, prueba clave en el juicio a su padre por presunta agresión sexual en Zaragoza
Visto para sentencia el juicio celebrado esta semana en la Audiencia Provincial de Zaragoza contra un hombre acusado de agredir sexualmente a su hija cuando la niña tenía poco más de tres años, y para el que se han solicitado 12 años de prisión y otras penas de inhabilitación y alejamiento, si bien su defensa ha pedido su absolución. La declaración de la menor, realizada durante la instrucción como prueba preconstituida, ha sido uno de los principales elementos examinados en una vista en la que también se han valorado informes médicos y psicológicos y las conclusiones de los profesionales que han intervenido en el caso.
El procedimiento se inició a raíz de unos hechos ocurridos en diciembre de 2023 en el domicilio familiar. Según ha relatado la propia madre, el 22 de diciembre regresó a casa después de que el padre hubiera permanecido a solas con la pequeña y, al asearla, observó restos de excrementos y dos pequeñas líneas de sangre en la zona genital. Horas después, la niña comenzó a quejarse de dolor y de que no podía orinar. Al preguntarle qué le ocurría, le contó que su padre le había hecho daño introduciéndole “un palo” en la vulva.
La madre decidió entonces llevarla al Hospital Materno-Infantil de Zaragoza. Esta secuencia coincide con la recogida posteriormente en el auto de procesamiento, que sitúa los hechos el 22 de diciembre de 2023 y señala que la menor tenía tres años.
En el hospital fue examinada por el médico forense, en colaboración con la pediatra y la cirujana pediátrica de guardia. La exploración constató un pequeño eritema inespecífico en el introito vaginal y que el himen estaba íntegro. La documentación judicial recoge asimismo que la niña presentó posteriormente dificultades para orinar sin que existiera una patología previa que las explicara.
Uno de los elementos fundamentales del procedimiento ha sido la propia declaración de la menor, realizada durante la instrucción y grabada como prueba preconstituida para evitar que tuviera que volver a relatar los hechos ante el tribunal.
El auto de procesamiento concedió especial relevancia a ese testimonio. La resolución señala que la niña relató que su padre le había hecho daño, identificó correctamente la parte de su cuerpo a la que se refería y manifestó que no era la primera vez que ocurría. La instructora puso este relato en relación con lo declarado por la madre y con la documentación médica y pericial incorporada a las actuaciones.
De hecho, la acusación particular había solicitado expresamente como prueba para el juicio la reproducción de la declaración preconstituida de la pequeña, especialmente a partir de un determinado momento de la grabación.
La documentación judicial recoge además un segundo episodio que la acusación situaba unos días antes, el 16 de diciembre de 2023, en el que presuntamente se habría utilizado un pequeño juguete de la niña, sin que constara la producción de lesiones.
Informes médicos y psicológicos
Durante el juicio también han tenido un peso relevante las diferentes periciales practicadas a lo largo del procedimiento. Entre las pruebas propuestas figuraban el médico forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA), psicólogas adscritas al mismo organismo, profesionales de la Fundación Vicki Bernadet y otra psicóloga que había intervenido en el caso.
Algunos de esos informes abordan la sintomatología psicológica presentada por la menor y su evolución desde los hechos. Según explica la madre, su hija recibe desde 2025 atención psicológica especializada en la Fundación Vicki Bernadet.
La propia resolución que acordó el procesamiento advirtió de que la veracidad de las distintas declaraciones, el alcance de la documentación médica y la sintomatología observada no podían darse por determinados durante la instrucción, sino que debían ser valorados después de la práctica de las pruebas en el juicio oral.
Penas de prision, alejamiento e inhabilitación
Queda visto para sentencia el juicio en el que la Fiscalía ha mantenido durante el juicio la acusación por agresión sexual, aunque ha rebajado de 15 a 12 años de prisión su petición de condena. La reducción de dicha petición responde a que el Ministerio Público ha dejado de apreciar el carácter continuado del delito y no a una retirada de la acusación por los hechos enjuiciados.
En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía había calificado inicialmente los hechos como delito continuado de agresión sexual y reclamaba 15 años de cárcel. A la pena de prisión añadía inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y 10 años de libertad vigilada una vez cumplida la pena.
El Ministerio Público solicitaba además medidas específicamente dirigidas a proteger a la menor: prohibición de aproximarse a ella a menos de 500 metros durante 20 años, así como de acercarse a su domicilio, centro educativo o cualquier otro lugar que frecuente, y prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo.
A ello se sumaba la petición de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, retribuida o no, que conlleve contacto regular y directo con menores durante 20 años, además de la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el periodo interesado por la acusación.
La acusación particular había solicitado igualmente 15 años de prisión en sus conclusiones provisionales y planteaba, junto a la pena de cárcel, diferentes medidas de alejamiento, prohibición de comunicación, libertad vigilada e inhabilitación para actividades que implicaran contacto con menores.
Por su parte, la defensa del investigado ha solicitado la absolución tras argumentar que “la finalidad última de la denuncia es conseguir la custodia de la niña”.
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