Ratificada la absolución de una mujer denunciada por lesiones y hurto durante los Indianos
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la absolución de una mujer que fue denunciada por una amiga por hurto y lesiones tras un altercado por tirarle polvos de talco durante la celebración de las fiestas de Los Indianos de Santa Cruz de La Palma en 2024.
Aquel día sobre las seis de la tarde, las dos mujeres coincidieron casualmente en esta celebración y como es costumbre una de ellas roció con polvos a la otra, que reaccionó mal quitándole el bote y metiéndolo en su bolso.
Cuando la primera quiso recuperarlo le dio un golpe en la cara de la denunciante con la hebilla del bolso, lo cogió y huyó con él, pudiendo recuperarlo poco después la denunciante.
La mujer lesionada requirió asistencia médica, tardando cinco días en curar las heridas causadas, en los que pudo desarrollar una vida normal.
La mujer que resultó herida presentó una denuncia por hurto contra la primera que concluyó inicialmente en la absolución por parte de un Juzgado de lo Penal de Santa Cruz de La Palma y a continuación el fallo fue recurrido ante la Audiencia Provincial que se ha pronunciado en el mismo sentido.
Las sentencias emitidas consideran que la denunciada cuando fue a recuperar el bote que le había quitado la denunciante, sin querer cogió su bolso y a raíz de ese movimiento le golpeó en la cara con el mismo y salió huyendo pero que nunca existió intención de hacerle daño.
Entiende la juez que se trató de un acto “involuntario, imprudente que no puede ser reprochado penalmente”.
Al parecer como la denunciante estaba bajo tratamiento por varios motivos estaba más sensible a los roces de la piel por lo que cualquier golpe dado con cierta fuerza podía causarle un hematoma.
Durante el juicio la mujer acusada sólo respondió a las preguntas de su abogada y se ratificó en lo declarado durante la fase de instrucción.
Tras el recurso, la Audiencia concluye que no hay motivos para anular el fallo absolutorio en cuanto que el juez de instancia tiene la facultad exclusiva de valorar las pruebas presentadas en el juicio de forma libre, razonada y conforme a la lógica y la experiencia, tal y como habría ocurrido en este caso.
Desde la Audiencia se recuerda que la sentencias absolutorias sólo pueden ser revocadas en casos extraordinarios en los que se haya demostrado que se cometió un error de calado a lo largo de todo el proceso.
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