Cuenca, Talavera de la Reina y Toledo, entre las 20 ciudades con más incidencia por coronavirus de España
Cuenca, Talavera de la Reina y Toledo son las tres ciudades castellanomanchegas que se encuentran entre las primeras veinte españolas con más casos detectados por coronavirus, según la Incidencia Acumulada de las últimas dos semanas. Así se puede ver en este gráfico de eldiario.es, en el que se observa que Cuenca está en segundo lugar, con más de 1.200 contagios en los últimos 14 días, superada sólo por Burgos, donde hay más 1.700 contagios. Sin embargo, se observa una marcada tendencia a la baja, ya que se ha registrado un 21% menos de casos en la capital conquense.
Talavera de la Reina, por su parte, se encuentra en sexto lugar con un total de 845 casos, casi la mitad de los que había hace dos semanas, con un acusado descenso de un 45%. Se encuentra un poco por arriba de Gijón, donde los casos se mantienen prácticamente iguales, con una variación del 5%. Toledo, está en el puesto 18 por número de casos, con 665. La caída ha sido de un 14%, por lo que las autoridades sanitarias han decidido levantar las medidas restrictivas de nivel 3 que tenía hasta este miércoles la capital, y relajar así prohibiciones como las del cierre del interior de bares y restaurantes.
Así lo anunció la alcaldesa, Milagros Tolón, en una rueda de prensa en la que ha valorado la adopción de medidas de nivel 2 –prorrogadas este miércoles a su vez en toda la región, excepto los municipios que tengan vigentes las de nivel 3- por parte de la Consejería de Sanidad en la ciudad tras tres semanas de aplicación de las restricciones de mayor nivel, informa Fidel Manjavacas.
“Seguimos luchando contra la pandemia. La gestión de la crisis sanitaria va en la buena dirección”, ha señalado Tolón que, no obstante, ha subrayado que la adopción de medidas menos restrictivas “en ningún caso debe ser una relajación en el compromiso de seguir cumpliendo todas las medidas que nos marca la autoridad sanitaria”.
El Gobierno de Castilla-La Mancha anunciaba este lunes que se mantendría el cierre perimetral de la comunidad autónoma - no se podrá entrar ni salir sin autorización expresa o causa justificada- de cara al próximo puente del Día de la Constitución pero con la intención de relajar las restricciones. Eso sí, sólo si la evolución de la pandemia lo permite, informaba Carmen Bachiller.
La intención del Ejecutivo castellanomanchego es que toda la región, sin excepciones, pase, a partir del próximo viernes 27 de noviembre, a una situación de nivel 2. Eso incluiría a los municipios que, como la propia capital regional, Toledo, se encuentran en nivel 3 de restricciones, el más duro.
Estos municipios en nivel 3 verían relajadas las medidas para pasar a las de nivel 2. Eso significaría que los establecimientos de hostelería que actualmente tienen prohibido abrir el interior y que deben mantener el aforo de las terrazas al 50% verían suspendida esa medida.
Así, tanto bares como restaurantes o aquellos establecimientos como bingos o casinos con servicio de hostelería podrían abrir el interior con un 50% del aforo. Además, se permitiría celebrar eventos en interior de establecimientos de hostelería con un máximo de 50 personas y con un aforo de hasta 100 personas en el exterior.
“Vamos a trabajar y lo digo con actitud preventiva para que a partir del viernes el conjunto de la autonomía esté en nivel 2 y se puedan suavizar las medidas en todas las poblaciones donde se aplican de forma más rigurosa”, ha reiterado.
¿Qué medidas se aplicarían si todo el territorio regional estuviese en nivel 2?
De entrada, en el nivel 2 la Consejería de Sanidad recomienda a los ciudadanos limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y revisa las restricciones cada diez días. Actualmente el conjunto de Castilla-La Mancha tiene medidas especiales de nivel 2, salvo en aquellos municipios con medidas más duras, las de nivel 3.
Este es el listado de cuestiones a tener en cuenta a partir del viernes 27 de noviembre si finalmente se aplica un nivel homogéneo de medidas de nivel 2 en toda la región.
- En cuanto a los locales de ocio, en este nivel se mantienen cerrados los hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
- Se suprime el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.
- Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
- Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
- En el interior de salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50 por ciento del establecido.
- Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
- En cuanto a los centros socio-sanitarios, se suspende en este nivel de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de Servicios de estancias diurnas de personas mayores.
- También están suspendidas las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios . La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
- No se permiten salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
- En otros centros residenciales socio-sanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
- Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-1
- En cuanto a las actividades religiosas de ámbito social. Los velatorios y cortejos fúnebres: restricción del número de personas en 6 personas máximo.
- En cuanto a eventos sociales, como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas.
- Además, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
- Cada Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Medidas complementarias
- Espectáculos u otros eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.. Podrán celebrarse estas actividades siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
- Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
- Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
- Cines, teatros y auditorios: se limita su aforo máximo al 30 por ciento.
- Bibliotecas y museos: se limita su aforo máximo al 30 por ciento.
- Hoteles: sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
- Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50 por ciento del aforo máximo permitido.
- Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas: cierre de este tipo de instalaciones de uso público, independientemente de su titularidad.
- Mercadillos y mercados al aire libre: disminución de aforo a 1/3 del previamente establecido.
- Parques y jardines: cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.
- En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
- Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
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