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Enfermedades profesionales, combatamos su invisibilización

Accidentes y las enfermedades laborales se cobran 6.300 vidas al día
29 de diciembre de 2020 11:43 h

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Las enfermedades profesionales, las contraídas como consecuencia del desempeño de un trabajo, son la gran asignatura pendiente de la prevención de riesgos laborales en nuestro país. Se estima que siete de cada diez enfermedades de origen laboral no se reconocen de manera oficial, un enorme infraregistro, un deficiente reconocimiento, que dificulta la tarea preventiva.

Aunque la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 4 considera como daños derivados del trabajo las enfermedades, las patologías o las lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo, para considerar una enfermedad como profesional hay que remitirse a su calificación legal establecida en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 157, siendo requisitos necesarios para la calificación de una enfermedad profesional que tenga un origen laboral, que conste en el cuadro de enfermedades profesionales vigentes (RD 199/2006) y que esté provocada por la acción de elementos o sustancias que en el citado cuadro se indiquen para cada actividad.

Corregir el subregistro de enfermedades profesionales es una reivindicación histórica y estratégica de las Comisiones Obreras. Las enfermedades profesionales no pueden seguir estando “a la sombra”, hay que visibilizar estas patologías que tienen su origen en el trabajo, pero que en muchos casos son tratadas como contingencias comunes, porque lo que no se conoce no se previene.

Lamentablemente las estadísticas oficiales no están reflejando la incidencia real de enfermedades profesionales, infraregistrándose el impacto que realmente estas tienen sobre la salud de la población trabajadora.

En Castilla-La Mancha nos encontramos con dos problemas, por un lado, el que afecta a toda España, que es la infradeclaración de enfermedades profesionales, y por otro que somos una de las comunidades autónomas que menos enfermedades declara en relación con las trabajadoras y trabajadores afiliados a la Seguridad Social. Así mientras que en Navarra con una población de 282.184 trabajadores afiliados a la Seguridad Social se declararon en 2019 un total de 1.875 enfermedades profesionales; en Castilla-La Mancha con una población de 689.765 personas afiliadas se declararon tan solo 612 enfermedades. Esto pone en evidencia que existe una infradeclaración y que necesitamos mecanismos concretos y precisos, que hagan que las enfermedades profesionales no pasen inadvertidas, ya que conocer el impacto y la distribución de las enfermedades profesionales es imprescindible para planificar adecuadamente las estrategias preventivas y asistenciales necesarias para eliminar o, en su caso, minimizar sus efectos.

Una “invisibilidad” que tiene consecuencias económicas y asistenciales para las personas trabajadoras que padecen las enfermedades laborales, quienes no reciben la prestación por contingencia profesional a la que tienen derecho. También tiene un perjuicio para el resto de trabajadores y trabajadoras que siguen expuestos al agente causante de la enfermedad profesional, así como para el conjunto de la ciudadanía, puesto que es finalmente la Seguridad Social, -y no la mutua como correspondería-, quien asume el coste de una enfermedad profesional, pero que se trata como contingencia común.

Las enfermedades profesionales provocan seis veces más muertes que los accidentes laborales, según la Organización Internacional del Trabajo. La mayoría de estas muertes son por cáncer, enfermedades cardiovasculares y enfermedades respiratorias contraídas como consecuencia de la exposición en el ámbito laboral al agente o agentes causantes. Unos datos abrumadores que ponen de relieve la importancia de la identificación y reconocimiento de estas enfermedades para garantizar la salud y la vida de los trabajadores y trabajadoras. 

Recientemente la Asesoría Jurídica de CCOO de Cuenca ha logrado dos importantes sentencias, ya firmes, que reconocen el síndrome del túnel carpiano como enfermedad profesional de sendas trabajadoras manipuladoras de ajos en una cooperativa conquense. Un éxito más de los Servicios Jurídicos de las CCOO de Castilla-La Mancha fruto de un largo trabajo y del esfuerzo sindical. Un ejemplo más de que actuar es esencial.

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