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Fomento amplía la subvención destinada a mejorar la accesibilidad en las viviendas de Castilla-La Mancha

Persona con problemas de movilidad

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La Consejería de Fomento ha ampliado las ayudas destinadas a la mejora de la accesibilidad en las viviendas de Castilla-La Mancha y que podrán solicitarse hasta el 29 de diciembre.

Hasta mediados de diciembre se habían recibido 387 solicitudes de actuaciones de accesibilidad y, según este departamento del Gobierno de Castilla-La Mancha la ampliación del crédito tiene como fin para poder atenderlas todas, a la espera de que puedan presentarse más.

Este viernes, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica una resolución por la que se añade un importe adicional de medio millón de euros al crédito inicial, lo que eleva la actual convocatoria de ayudas a 1.750.000 euros que se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes, del Presupuesto General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tanto de 2025 como de 2026.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Las subvenciones se dirigen a quienes hayan realizado reformas adaptativas en la vivienda, propietarios o usufructuarios con permiso del propietario, entre los años 2022 y 2025.

En el destino de las subvenciones se encuentran, entre otros, la instalación de salvaescaleras, rampas y mecanismos motorizados para la apertura de puertas o bien dispositivos de apoyo como grúas o sistemas de guiado tecnológico.

También se pueden usar para instalar videoporteros y elementos de comunicación electrónica (señales visuales y auditivas), sistemas de domótica para favorecer la autonomía de personas mayores o con discapacidad o reformas interiores en baños y cocinas, así como la ampliación de espacios de circulación.

Por contra se especifica que no será subvencionable la instalación de ascensores. Además, las viviendas deben haber sido finalizadas antes del año 2006 y contar con un proyecto técnico o memoria justificativa de la actuación.

El objetivo apoyar a personas con necesidades especiales de movilidad, ya sea por discapacidad o edad, permitiéndoles eliminar barreras arquitectónicas en sus hogares.

La ayuda puede llegar a cubrir hasta el 80% del coste de la obra con límites específicos según el tipo de inmueble.

Quienes se beneficien de las ayudas deben tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea. Los extranjeros no comunitarios deben tener residencia legal en España para recibir las ayudas.

Además, la vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del solicitante y quien las pide no debe estar en procesos que le prohíban recibir subvenciones públicas, como deudas con la Seguridad Social o Hacienda.

En el caso de ser usufructuario, se debe contar con el acuerdo expreso del propietario para realizar las obras.

La cuantía de las ayudas

Para las viviendas unifamiliares el importe máximo de subvención es de 15.000 euros. Para viviendas en edificios colectivos es de 6.000 euros como máximo.

Si el beneficiario ejerce actividades económicas o comerciales, la ayuda se considera de minimis, lo que implica que el total de ayudas recibidas en los últimos 3 años no puede superar los 300.000 euros.

La concesión de los fondos se gestiona mediante un procedimiento simplificado, priorizando las solicitudes por su orden de registro hasta agotar el crédito disponible. Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Fomento 2024-2026.

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