Abogados Cristianos consigue que se anulen dos puntos de la retirada de símbolos religiosos del Ayuntamiento y lo equipara a “corrupción”
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valladolid ha estimado parcialmente el recurso que la Asociación Española de Abogados Cristianos interpuso contra la moción que el Ayuntamiento aprobó en septiembre de 2018 sobre la libertad de conciencia y el carácter laico de la institución local . En concreto, de los 16 puntos del acuerdo, anula dos subapartados 2a y 2b, relativos a la retirada de símbolos católicos y la prohibición de promover ritos y celebraciones de índole religiosa, por vulneración de los derechos fundamentales.
La moción propuesta por Valladolid Sí Se Puede proponía que “en los espacios de titularidad pública que dependan del Ayuntamiento no exista simbología religiosa, salvo aquella que signifique un bien patrimonial e histórico especialmente contrastado, que será convenientemente protegido y conservado o cuando forme parte de los elementos estructurales o artísticos de la edificación”. El otro artículo anulado planteaba que desde el Ayuntamiento no se promovieran “ritos o celebraciones religiosas de ningún tipo, excepto aquellos que constituyan un patrimonio cultural o artístico de interés reconocido...”
A pesar de que el colectivo ultracatólico pretendía que se anulase completamente la moción, su presidenta, Polonia Castellanos, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha asegurado que se han estimado los puntos “más importantes” para su asociación y exige responsabilidades de carácter político tanto al alcalde socialista, Óscar Puente, como a los “grupos radicales” que apoyaron la moción. No sólo eso, ha equiparado el asunto, que no pasa ser un contencioso, con un caso de corrupción: “lo ocurrido es gravísimo porque supone la vulneración de derechos fundamentales, que es igual o incluso más grave que un caso de corrupción. Está muy bien ser ambicioso, pero lo que más preocupa es que se pueda pactar con los más radicales con el único objetivo de conservar el poder. La política debería ser servicio y no la consecución del poder, incluso vulnerando derechos fundamentales”, ha afirmado.
La sentencia no es firme, pero Castellanos considera “absurdo” que el Ayuntamiento recurra y ha recordado la“ numerosa y reciente” jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional e incluso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “jurisprudencia que el Consistorio conocía, lo que supone dictar una moción a sabiendas de su ilegalidad”.
Abogados Cristianos ha lanzado un aviso a los ayuntamientos que están promoviendo mociones similares, entre los que ha citado los de Gijón, Oviedo, Chiclana, Castrillón, Padrón, Ponferrada, Sagunto, Santiago de Compostela, Valencia, San Feliú de Llobregat, Avilés, Mieres, Noreña o Palomares del Río, a cuyos alcaldes y grupos políticos amenaza con no sólo acudir a la vía de lo contencioso-administrativo sino también con la vía penal para “pedir su inhabilitación”.
La concejala de Valladolid Sí Se Puede, Charo Chávez, ha subrayado que “no se anula por inconstitucional” la moción, sino que se estima parcialmente la demanda de Abogados Cristianos y se anulan “dos puntos” de los 16 que componen la moción. “La laicidad no es más que la separación del Estado de la religión para evitar que los partidos políticos puedan acaparar espacios de culto como caladero de votos”, precisó Chávez. La edil también destacó que respetan y defienden “el valor cultural y trascendente” del hecho religioso, que entienden que debe ser “individual e íntimo”. “Tendremos que hablar con la asesoría jurídica para ver que es lo que procede hacer”, finalizó.