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GUÍA | Vuelven las barras de los bares y el turismo rural sin restricciones: Castilla y León baja a nivel 1 de alerta

Un camarero recoge unos cafés de la barra

Alba Camazón

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Castilla y León baja a nivel 1 de alerta, según ha anunciado el vicepresidente autonómico y portavoz de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, tras el Consejo de Gobierno celebrado este jueves.

Toda la Comunidad llevaba 14 días en nivel 2 de alerta, cuando prácticamente se adelantó el nivel 1 con la flexibilización de los aforos en muchos espacios y la apertura de las discotecas y salas de fiesta. Por lo tanto, ¿qué cambia ahora? En pocas palabras: vuelven las barras de los bares y se puede ir a la piscina y de casa rural sin restricciones.

Hostelería y ocio nocturno

Después de meses de espera, vuelve el consumo en barra con el nivel 1 de alerta. El consumo en la hostelería podrá realizarse en barra, de pie o en mesa y no podrá superarse el 75% del aforo. Como mucho, podrá haber 25 personas en la misma mesa o agrupación de mesas en el interior.

En la terraza no habrá límite de aforo, no se permite el consumo de pie y la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas es de 25 personas.

Las discotecas y salas de fiesta podrán abrir con un aforo máximo del 50%. El aforo será del 75% en los pubs y karaokes, bares especiales, cibercafés, boleras, salas de exhibiciones especiales y locales multiocio.

Los locales de apuestas tendrán también un aforo máximo del 75%, con una ocupación máxima de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.

Turismo

Castilla y León saluda el fin de las restricciones en las casas rurales y las viviendas de uso turístico, que hasta ahora solo podría reunir a un máximo de 12 personas de tres grupos de convivencia. El turismo rural recupera el aforo prepandemia.

En los hoteles, el aforo máximo en las zonas comunes será del 75%. Las actividades de animación o clases grupales deberán limitarse como máximo a 25 personas, incluidos los monitores. El aforo máximo en los albergues turísticos será también del 75%.

Para los grupos con guía turístico o de turismo activo, el límite de personas es de 30 personas, incluido el monitor o guía.

Los centros de interpretación y visitantes, las aulas de la naturaleza y los puntos de información de la Red de casas del parque y centros de visitantes tendrán también un aforo máximo del 75%.

Ocio

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, cerrados o al aire libre, podrán abrir con un aforo máximo del 75%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia. Se permitirá el consumo en interior.

En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos, el aforo máximo del 75%, con un límite máximo de 500 personas en lugares cerrados y 1.000 personas en actividades al aire libre.

En las plazas, recintos e instalaciones taurinas se podrán desarrollar actividades taurinas siempre que el público permanezca sentado con un aforo máximo del 75%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Ocio infantil, juvenil y para mayores

Los centros de ocio infantil para menores de 12 años también podrán abrir al 75% de aforo. Las atracciones de feria podrán ocuparse al 75% de ocupación por cada fila si hay asientos. En las atracciones sin asientos, el límite será del 50% de la capacidad de la instalación si es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal y el 30% si no es posible.

Las actividades de tiempo libre para los jóvenes podrá realizarse al 75% si es al aire libre, con un máximo de 250 participantes -incluidos los monitores-. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, la capacidad máxima será del 75%, con un máximo de 150 personas. También está permitida la pernocta. En las residencias juveniles dependientes de la Consejería de Familia, el aforo se limita al 50%.

Los centros públicos y privados de estancias diurnas de personas mayores; los centros de día, centros ocupacionales y de estancias diurnas de personas con discapacidad podrán realizar actividades grupales de hasta un máximo de 15 personas salvo para los grupos de convivientes.

Comercio

En los establecimientos y locales comerciales minoristas mantienen su aforo del 75%, como en el nivel 2. En las zonas comunes y recreativas de los centros comerciales, el aforo también será del 75%, al igual que en las tiendas de los centros comerciales.

Este 75% es también el máximo aforo para los mercados y ferias comerciales al aire libre, además de los mercados de ganado y entes feriales al aire libre o en un espacio cerrado.

Cualquier otro local o establecimiento comercial que no se recoja expresamente tiene un aforo máximo del 75%.

Deporte, piscinas y cultura

En los gimnasios, las actividades grupales podrán ser de hasta 25 personas en instalaciones cerradas y 30 al aire libre (incluidos los monitores), el doble de lo que se permitía en el nivel 2. Además, en las instalaciones “convencionales”, se permite un aforo máximo del 80% en espacios al aire libre y del 75% en espacios cerrados, siempre que se garantice distancia interpersonal y ventilación “adecuada”.

 En las piscinas al aire libre o cubiertas, incluidas las de los spas y balnearios, -y las que pertenezcan a comunidades de propietarios- dejarán de tener un límite de aforo.

Tampoco habrá restricciones en las bibliotecas, en los archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales.

Velatorios, bodas y otras reuniones

Los velatorios podrán realizarse con un aforo máximo del 75% en espacios cerrados, con una comitiva de hasta 75 personas (familiares y allegados). En espacios abiertos no hay más limitación que mantener la distancia de seguridad.

En las bodas, el aforo máximo será del 50% en espacios cerrados, públicos o privados; y del 75% al aire libre.

Podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocios y eventos y actos similares con un aforo máximo del 75% del lugar de celebración, con un límite de 500 asistentes.

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada podrán impartir las clases con un aforo máximo del 75%, lo que supone un incremento del aforo respecto al nivel 2.

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