El Constitucional admite el recurso del Gobierno contra la ley catalana que limitaba desahucios durante el estado de alarma
El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso del Gobierno central contra la norma catalana con medidas para evitar desahucios de familias vulnerables durante el estado de alarma. El ejecutivo central entiende que la norma aprobada con los votos de la bancada independentista del Parlament invade competencias estatales aunque en su recurso no solicitó su suspensión con el estado de alarma ya finalizado en mayo de 2021.
La norma que ahora estudiarán los magistrados del tribunal de garantías fue aprobada a principios de noviembre por el Govern que dirigía el entonces vicepresidente Pere Aragonès meses antes de su investidura y un mes después de la inhabilitación de Quim Torra, condenado por desobediencia. La norma salió adelante con los votos de JxC, ERC, los comunes y la CUP, la abstención de PSC y Ciutadans y los votos en contra del Partido Popular.
Una norma que tenía por objetivo evitar desahucios de familias vulnerables durante la pandemia y la vigencia del estado de alarma, aunque la ejecución de estos lanzamientos depende del criterio de los jueces. Establece la obligación de ofrecer un alquiler social a la familia antes de poner en marcha una petición de desahucio y también de “solicitar informe urgente a los servicios sociales” antes de que los Mossos d'Esquadra o las policías locales pongan en marcha un desahucio en circunstancias de vulnerabilidad.
El Decreto-ley también establecía que “se suspenderán las ejecuciones de resoluciones judiciales que comporten el lanzamiento de personas o unidades familiares que se encuentren dentro de los parámetros de riesgo de exclusión residencial previstos en esta Ley” durante la vigencia del estado de alarma, que estaba vigente en ese momento y que finalizó el pasado 9 de mayo de este año.
El entonces conseller de Territorio, Damià Calvet, explicó entonces que esta iniciativa formaba parte de un “escudo social” que el ejecutivo catalán quería poner en marcha para paliar los efectos de la crisis económica provocada por la pandemia, una medida enfocada sobre todo a familias que vivan de alquiler en casas de grandes tenedores de vivienda. El ejecutivo central considera que la medida invadió competencias estatales al interponer su recurso. Ahora tanto el Congreso como el Senado, el Parlament y el Govern tienen oportunidad de personarse en el proceso y hacer alegaciones.
Límite a alquileres
Esta no es la única norma catalana relacionada con la vivienda que el ejecutivo central ha recurrido en los últimos meses. El pasado mes de junio el Consejo de Ministros también anunció la interposición de un recurso contra la ley catalana que impone limitaciones al precio del alquiler, un recurso confirmado en verano junto con el que hoy ha sido admitido a trámite. En ese caso el ejecutivo central tampoco solicitó la suspensión cautelar de la medida y denunció la invasión de competencias estatales por parte de la Generalitat de Catalunya.
Esta norma aprobada en septiembre de 2020 impone límites a los precios de los alquileres en casas situadas en áreas consideradas con un “mercado de vivienda tenso”, establecido en varios requisitos: que los alquileres tengan un crecimiento sostenido suprior a la media de Catalunya, que la carga media de este gasto en un presupuesto familiar o personal supere el 30% de los ingresos y finalmente que el precio haya subido tres puntos por encima del IPC en el último lustro.
El Tribunal Constitucional todavía no se ha pronunciado sobre la posible admisión a trámite de este segundo asunto, más polémico que el primero, aunque sí admitió hace meses un recurso del Partido Popular. A principios de este año los jueces ya anularon a petición del Partido Popular una normativa anterior que también limitaba alquileres y prohibía desahucios de familias vulnerables.
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