Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Justicia da la razón de nuevo a los ultras de HazteOir y reabre el caso contra la revista Mongolia por la sátira del belén

Portada de la revista que ha motivado las querellas

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

8

La Justicia insiste en mantener abierta la persecución penal contra Mongolia por la portada de la revista de 2022 que se mofaba del belén. La Audiencia de Barcelona ha dado por segunda vez la razón al colectivo ultraderechista HazteOir y ha obligado a la jueza de Mataró a reabrir la causa contra los editores de la publicación.

En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, la sección 2ª de la Audiencia de Barcelona estima el recurso de HazteOir contra el archivo de la causa que ordenó la jueza de Mataró el año pasado al constatar que era la cuarta querella de colectivos ultras contra la revista por la misma portada, una circunstancia que la magistrada tildó de “situación peculiar”.

El tribunal, formado por los magistrados José Carlos Iglesias, María Carmen Hita y Begoña Sos, se agarra a un tecnicismo para reabrir el caso y consideran que no es válido el argumento empleado por la jueza para cerrarlo. Los mismos jueces ya habían ordenado reabrir el caso tras su primer archivo en 2025 al valorar que la portada del belén podía “ofender” católicos.

Tras tomar declaración a los editores de Mongolia por orden de la Audiencia de Barcelona, la instructora concluyó que la sátira del belén ya era una cosa juzgada debido a las tres querellas anteriores de otros colectivos ultras por la misma portada que ya fueron desestimadas. En consecuencia, no se podía investigar de nuevo algo que ya se había considerado que no era delictivo.

Por el contrario, este argumento de la cosa juzgada “debe decaer”, según la Audiencia de Barcelona. A criterio del tribunal, la inadmisión de plano de la querella de HazteOir acordada por la jueza de Mataró resulta “incompatible” con la cosa juzgada, que debe decidirse tras haberse practicado una instrucción “suficiente” de la causa.

No obstante, el propio tribunal admite que la jueza también incluyó en su resolución de archivo otros argumentos además de la cosa juzgada. La magistrada concluyó que la mofa del belén no hacía “escarnio” ni tenía un “ánimo deliberado” de ofender, y además estaba amparada por la libertad de expresión.

Los jueces ordenan a la instructora de Mataró que se pronuncie, antes de decidir si archiva por tercera vez la investigación, sobre las diligencias propuestas por los ultras en su recurso, entre las que se encuentran una prueba “pericial semiótica” sobre la portada, una valoración de la misma y de las “métricas de difusión” de la revista.

El caso de Mongolia expone el uso interesado de la Justicia por parte de asociaciones ultras, que emplean delitos decimonónicos como la ofensa a los sentimientos religiosos (un tipo penal que numerosos juristas consideran desfasado y contrario a la libertad de expresión) para perseguir opiniones contrarias a la suya.

Antes de la querella de HazteOir, la revista ya había recibido querellas por la misma portada de la Comunión Tradicionalista Carlista (redactada por el mismo abogado que la de HazteOir), el sindicato Manos Limipas y los ultracatólicos Abogados Cristianos, todas ellas archivadas.

Para los editores de la revista, la ofensiva ultra suponía un caso de “acoso jurídico” porque, aunque los casos se hayan archivado, la revista ha tenido que destinar fondos a abogados y procuradores.

Etiquetas
stats