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“El aislamiento en prisión invita al secreto y a la falta de control”

Juan Méndez y Mauro Palma, tras su visita a Barcelona

Sònia Calvó / Sergi Franch

En pleno proceso de debate y discusión en torno al aislamiento penitenciario, el Parlament de Catalunya ha invitado a dos expertos a nivel internacional sobre torturas y centros penitenciarios. Se trata del último Relator de las Naciones Unidas sobre Tortura y Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, Juan Méndez, y el ex presidente del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Mauro Palma.

Ambos piden la erradicación del régimen de aislamiento penitenciario: 2.156 personas estuvieron en celdas de aislamiento en 2016 en Catalunya, según el Departament de Justícia.

La Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura les ha traído para participar en el grupo de trabajo sobre los Departamentos Especiales de Régimen Cerrado que está teniendo lugar en el Parlament de Catalunya. ¿A qué conclusiones creen que tendría que llegar el grupo?

Juan Mendez: Esperamos poder contribuir al debate parlamentario sobre la necesidad de regular y reformar el régimen de aislamiento en Catalunya y adecuarlo a los estándares internacionales, que actualmente establecen una prohibición absoluta del aislamiento indefinido. También para prohibir el uso del aislamiento, aunque sea de poca duración, en personas con discapacidad mental, menores de 18 años y para mujeres embarazadas o lactantes.

Queremos recordar que el aislamiento prolongado, definido por el derecho internacional, está considerado como todo periodo superior a los 15 días. Siempre que se aisle a un detenido, se tiene que tomar esta decisión con razones fundamentadas y establecidas en la ley, además de dar al detenido la posibilidad de defensa en un procedimiento administrativo.

Mauro Palma: Hay unas medidas que se tienen que tener en cuenta: proporcionalidad, legitimidad, responsabilidad, no discriminación… Entonces, ¿un aislamiento que se alarga más allá de los 42 días cumple con estos parámetros? La respuesta es rotundamente no. Los efectos del aislamiento sobre la persona, su psicología y su especificidad, consideramos que es un castigo añadido, hasta de una afectación corporal.

Hablan casi de una pena corporal. ¿Podemos clasificar el aislamiento como una forma de tortura?

J.M.: Lo que define tortura es el sufrimiento mental o físico. Cierto tipo de personas pueden infringir ese sufrimiento. Se tratará de tortura o no en función de la duración, de consideraciones subjetivas, del nivel o posibilidad de sufrimiento que sufre esa persona como consecuencia del aislamiento.

El aislamiento prolongado más allá de los 15 días y el indefinido (cuando la persona no sabe cuando va a terminar) es claramente un trato cruel, inhumano y degradante bajo la convención contra la tortura. En condiciones más graves, desde luego que constituye tortura. Pero hay que tener en cuenta que lo importante no son las consecuencias inmediatas, sino las que se originan a largo plazo. Aunque haya personas que puedan estar mucho tiempo en aislamiento, esto no quiere decir que no sufran. Aunque no sufran algún trastorno de manera visible, el dolor o sufrimiento está presente, y eso define que sea tortura o por lo menos trato cruel o degradante.

M. P.: En Catalunya y en España, los espacios de aislamiento son habitáculos separados del resto de la cárcel. Eso aumenta la ausencia de transparencia y relaciona la situación de aislamiento con la posibilidad de falta de control y la dificultad de poder denunciar los posibles maltratos. El aislamiento sitúa en un punto controvertido a las personas aisladas pero también a los trabajadores.

En Catalunya, varios presos y ex presos han denunciado casos de tortura y malos tratos, aunque desde la Dirección General de Servicios Penitenciarios se ha negado. ¿Qué control se puede hacer?varios presos y ex presos han denunciado casos de tortura y malos tratos

J.M.: El aislamiento constituye una invitación al secreto y a la falta de control, y esto deriva en tortura física. Independientemente de que no haya tortura física, lo importante es que el aislamiento indefinido para cierta categoría de detenidos es trato cruel y degradante y puede constituir tortura según su gravedad. Entendemos la dificultad de la administración penitenciaria, pero esto no puede justificar el mal trato a las personas detenidas. La persona detenida pierde algunos derechos pero nunca, bajo ningún concepto, puede perder el derecho a que se respete su dignidad como persona.

En el grupo del trabajo del Parlament, diferentes expertos aseguran que hay un incremento en el uso del aislamiento a nivel mundial. ¿A qué creen que se debe esto? ¿Es útil el aislamiento?

J.M.: La razón puede variar en función de cada país. Se ha expandido mucho el uso del aislamiento en todo el mundo porque las autoridades penitenciarias encuentran más fácil controlar así la población penitenciaria y por lo tanto evitar disturbios y motines, controlando muy cercanamente a los presos que consideran peligrosos. Hay un problema en Catalunya en relación a los suicidios en prisión. En los regímenes de aislamiento que he visto en otros países hay un control muy directo. Cuando una persona está cerca del suicido o en un estado depresivo, se le impide el suicidio, se le saca del aislamiento y se lo trata psiquiátricamente. Hay muy pocos suicidios que se acaben realizando. La situación en Catalunya es preocupante porque se combina una situación represiva con la falta de control.

Han observado el sistema penitenciario en diferentes países. Hay algún estado en el que se haya suprimido o se haya limitado a la mínima expresión el aislamiento?

J.M.: Hay muchos ejemplos. Está en trámite la reforma en muchos países. He participado como perito en un juicio contra el aislamiento en Canadá o Brasil, y no puedo afirmar que la reforma sea exitosa en todos lados, pero si que hay un progreso grande en limitar el aislamiento. En EUA, estado por estado, hay algunos progresos significativos. En el caso de Canadá hace años que la corte suprema limitó el uso del aislamiento repetitivo, que se permite hasta 30 días, pero que a los días volvían al módulo. La corte dictaminó que en un año no podían ingresarse en aislamiento más de 2 veces en aislamiento por 30 días seguidos. Eso es un avance.

Obviamente la reforma para ajustar a todos los países al régimen de las reglas Mandela son el patrón internacional pero van a necesitar tiempo. La comisión de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa ha hecho unos aportes importantísimos. Hay países nórdicos que están limitando el uso del aislamiento en la prisión preventiva a raíz de los aportes que se han hecho desde la CPT.

El señor Palma ha visitado los centros penitenciarios de Brians 1 y 2 en Catalunya. Brians I es una de las cárceles que acumula el mayor número de denuncias. Ahí fue donde se suicidó Raquel E.F. después de estar más de medio año en aislamiento y varios intentos por quitarse la vida. ¿Por qué un centro puede tener un historial más alto de conflictos y intentos de suicidio que otro?se suicidó Raquel E.F. después de estar más de medio año en aislamiento

M. P.: Es un problema que se relaciona con la formación de los trabajadores de las cárceles. No se entiende las diferencias de panoramas en las diferentes cárceles de Catalunya. Esto significa que probablemente que se crea una situación de cultura interna que no tiende a resolver problemas, sino a cubrir y ocultar situaciones. Por eso es importante la formación para afrontar las situaciones en positivo y que las situaciones de vulneraciones sean adecuadamente investigadas. Sorprende cuando hay relatos muy reales de tortura en España, pero en cambio cuando cuando discuto con los fiscales no contemplan ninguna situación ilegal que se haya producido.

J. M.: El caso de Raquel ilustra otra problemática que es que las cárceles están contempladas para hombres. No hay un tratamiento específico de género para el tratamiento de mujeres y ni para personas LGTBI. La formación del personal penitenciario tampoco está adecuada a las necesidades de tratamiento ni tratamiento psiquiátrico de las mujeres.

En la sociedad, los que no se adaptan, van a la cárcel. En la cárcel, los que no se adaptan al régimen penitenciario ordinario van a aislamiento. ¿La supresión del aislamiento puede ser una primera medida para replantear otro sistema penitenciario?

M. P.: En parte. Existen los módulos de respeto, espacios donde se habilita la posibilidad de negociaciones internas entre funcionarios e internos, donde se deciden cuestiones de orden y organización de los módulos. Pero para esto hay que dar la posibilidad de autodeterminarse, elegir los propios representantes... Si yo estoy aislado, ¿qué capacidad social se me está dando?

El aislamiento lo que pone en duda es la responsabilidad del propio medio penitenciario ante los sujetos. Se hace de los detenidos unos “adultos infantiles” a los que se les impone una sanción que además de ser cruel y degradante, no los capacita para nada en positivo para relacionarse con la sociedad.

J.M.: Nunca hay que renunciar a la rehabilitación de la persona condenada. Lamentablemente los regímenes penales vienen abandonando la inserción social en la práctica. Aunque no en el plano teórico. De hecho, en lugares que tienen un alta tasa de encarcelamiento, las autoridades ni siquiera hablan de reinserción. El sistema es cada vez más punitivo porque la gente está cada vez condenada a penas más altas de prisión. Cada vez se imponen más sanciones que infligen dolor y sufrimiento y que, por lo tanto, se acercan al trato cruel inhumano y degradante y a la tortura. Hay muchas cosas que se tienen que modificar en el sistema penitenciario. El aislamiento es uno de ellos, pero no el único.

Es imperioso empezar a reformar el sistema penal que implica cada vez más altas penas y más penas por delitos no violentos. Se está haciendo de las cárceles espacios mucho más punitivos de lo que necesitan ser. Si queremos sentirnos más seguros lo que tenemos que hacer es repensar la tasa de encarcelamiento y también la función social que debe tener la prisión.

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