Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La sequía se consolida: el Gobierno prohíbe la quema de restos vegetales por riesgo de incendios

C-LM prohíbe desde este viernes la quema de restos vegetales y trabajos con riesgo de incendio en superficies forestales

elDiarioclm.es

0

La Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, dependiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado una resolución por la que se prohíbe temporalmente en la región la quema de restos vegetales en el medio natural y los trabajos con riesgos de incendio en las superficies forestales, prohibición que entra en vigor desde este mismo viernes.

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), dada la situación de sequía consolidada en la mayor parte de la región fruto del déficit hídrico de los meses precedentes, junto a las temperaturas por encima de la media histórica y la previsión de que las precipitaciones que puedan producirse en los meses de abril y mayo no puedan revertir esta situación, el índice de propagación potencial de los incendios forestales es “muy superior a los valores medios para esta época del año”.

Por tanto, se ha resuelto prohibir hasta que finalice la época de peligro alto o extremo -el 30 de septiembre- las quemas de restos vegetales en cultivos agrícolas situados a menos de 400 metros de monte, así como la utilización de maquinarias y equipos en cuyo funcionamiento se generen deflagración, chispas o descargas eléctricas en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos.

Sin embargo, estas prohibiciones no afectan a la maquinaria o equipos empleados en la prevención y extinción de incendios, las armas de fuego para la caza -de acuerdo a lo establecido en la normativa cinegética- o la maquinaria para el ejercicio de las labores agrícolas y ganaderas, siempre y cuando se adopten las medidas preventivas oportunas y, en todo caso, las exigidas en la normativa vigente en la materia.

Etiquetas
stats