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Cuatro argumentos de Deliveroo que han quedado desmontados en el macrojuicio sobre sus 'riders' en Madrid

Imagen de la sesión del macrojuicio celebrado este 31 de mayo en Madrid contra Deliveroo.

Laura Olías

Fin al macrojuicio contra Deliveroo en Madrid tras la demanda de la Seguridad Social por la actuación de Inspección de Trabajo que concluyó que alrededor de 500 repartidores de la plataforma eran falsos autónomos. La larga sesión judicial, que se ha alargado hasta las ocho y media de la tarde, ha servido a las partes para defender sus posiciones. El juez Antonio Cervera ha dado hasta el próximo 11 de junio a medio día para que los actores personados presenten sus conclusiones por escrito, a partir de cuando el caso quedará visto para sentencia.

La resolución del fondo del asunto queda en manos del juez: si los repartidores (también llamados riders) cumplen con una relación de autónomos, como defiende la compañía, o si respalda la actuación de la Inspección de Trabajo que consideró que estos trabajadores debían contar con un contrato laboral (como apoyan los sindicatos y los colectivos de repartidores como RidersxDerechos) y que la empresa asumiera sus obligaciones como empleadora.

Entre ellas, el pago de cotizaciones a la Seguridad Social. La Tesorería exige a Deliveroo “algo más de 1,2 millones de euros” en materia de cotizaciones sociales, según explicaron a este medio fuentes de la empresa.

A la espera de las conclusiones del magistrado, el desarrollo del juicio ha desmontado ya algunos de los argumentos en los que la multinacional ha basado la defensa de su modelo de negocio.

1. Rechazar pedidos no tiene “ninguna consencuencia”

La defensa de Deliveroo, el bufete de abogados Sagardoy, ha centrado gran parte de su estrategia es negar que el rechazo de pedidos y de horas asignadas por parte de los repartidores tenga efectos negativos para ellos. “No tiene ninguna consecuencia”, ha reiterado en varias ocasiones el abogado Román Gil. Así, niega que este rechazo funcione como una penalización y un mecanismo de organización del trabajo de Deliveroo, según sostienen varias de las partes que apoyan la laboralidad de los mensajeros.

El funcionamiento de la app es el siguiente: Deliveroo abre los turnos (según la puntuación de los riders) para que estos soliciten qué horas quieren trabajar. Después, según esa puntuación de “fiabilidad” de los mensajeros, la empresa asigna las horas en las que pueden repartir. Deliveroo ha defendido en el juicio que el rechazo a cumplir con un pedido en esa franja asignada o de no conectarse para trabajar “no tiene ninguna consecuencia”, en palabras de Gil.

Este punto ha quedado invalidado por varias de las declaraciones de la sesión judicial, incluida la propia empresa a través del gerente de operaciones de Deliveroo en España, Darío Alvarez. La inspectora de Trabajo que llevó a cabo la actuación contra la multinacional –que ha comparecido como testigo– ha asegurado que el rechazo “tiene consecuencias”, porque se tiene en cuenta en las métricas que puntúan al rider en su “fiabilidad” y que le sirven para acceder a los siguientes repartos, así como para “el control de la calidad” según explicó la dirección de Deliveroo a la Inspección, ha asegurado la funcionaria.

Tras su declaración, el responsable de Deliveroo Darío Alvarez ha reconocido que el rechazo de pedidos “actualmente no tiene ningún efecto negativo”, pero que en el pasado “sí estaba incluido en las métricas” que evalúan al trabajador y que le marcan la preferencia que tiene para elegir franjas horarias (es decir, para trabajar). A mayor puntuación, se puede elegir primero el turno y, por tanto, al final suelen quedar los que tienen menos afluencia de pedidos y es más complejo obtener ingresos.

2. Deliveroo “no controla” al rider

riderLa defensa también ha sostenido que la empresa no utiliza la geolocalización como método de control de los mensajeros. “No controla al rider”, ha aseverado Román Gil, sino que esta geolocalización es necesaria para la prestación del servicio, que se basa en seguir los pedidos de los consumidores en tiempo real. La estrategia de la multinacional se basaba en reconocer el seguimiento, pero solo de los pedidos, no de los trabajadores en sí, y como mero servicio para atender a los mensajeros en caso de incidencias.

Sin embargo, la sesión ha dejado testimonios que han tumbado esta tesis y que no han sido desmontados por la defensa de Deliveroo. Uno de ellos ha sido el de un rider, Gustavo, que ha relatado cómo un día de reparto de intensa lluvia estaba trabajando en la zona que tenía asignada (Retiro) y fue a su casa (en otra zona) para cambiarse de ropa “porque estaba empapado, así no podía trabajar”. El joven ha explicado que le contactaron desde Deliveroo para preguntarle qué hacía ahí, fuera de su lugar de reparto.

También ha quedado constancia de que los riders tenían que pasar por unos puntos determinados, llamados centroides, para poder comenzar a repartir. Sin ese chequeo inicial en la calle o plaza que marcara Deliveroo, que más tarde fue eliminado según la empresa, a los mensajeros no les llegaban los repartos.

Además, la inspectora de Trabajo ha relatado que en su visita a uno de los centros de Deliveroo en la capital, vieron una pantalla en la que se mostraba a tiempo real la posición de los repartidores, los que estaban en medio de un servicio y los disponibles para atender pedidos. La funcionaria pidió a la directora general –en ese momento Diana Morato– una reunión para explicarles qué información era la que se obtenía y cómo se utilizaba esta pantalla, “pero no nos recibió”.

3. La “enorme presión” política en su contra

Otro de los ejes de la estrategia de Deliveroo en el juicio ha sido desacreditar la actuación de la Inspección de Trabajo, sobre la que ha cuestionado su imparcialidad debido a la “enorme” presión política y mediática. El letrado de Sagardoy Román Gil ha señalado expresamente al presidente del Ejecutivo (ahora en funciones), Pedro Sánchez, por posicionarse públicamente sobre el conflicto laboral en estas plataformas, y en general al Gobierno y al Ministerio de Trabajo. “La presión política ha sido enorme”, ha asegurado.

Sin embargo, en el momento en el que tiene lugar la investigación de la Inspección, así como cuando se conoció el acta de liquidación (enero de 2018), el Ejecutivo estaba en manos del PP y el presidente no era Sánchez, sino Mariano Rajoy.

La inspectora de trabajo ha respondido en su comparecencia que no obtuvo ninguna presión por parte de la ministra de Trabajo, en ese momento, Fátima Báñez. El Gobierno del Partido Popular no llevó a cabo críticas sobre la precariedad en estas plataformas, como sí ha hecho el socialista en la pasada legislatura.

4. La Inspección predeterminada a ciertos testimonios

En sus críticas a la Inspección de Trabajo, Román Gil ha afirmado que existe “una sombra de sospecha obvia” sobre la posible parcialidad de la autoridad laboral en su investigación debido a esas supuestas presiones políticas y mediáticas. “Parece que andaba a la búsqueda de un resultado determinado”, ha apuntado el letrado. Así, la defensa de Deliveroo y de la asociación Aso Riders (afín a la multinacional) han puesto en duda que la funcionaria no hubiera querido incluir los testimonios de riders que están a favor de la relación de autónomos.

El relato de la inspectora de Trabajo ha revelado cómo fue la selección objetiva de los 82 repartidores que fueron citados para comparecer ante la autoridad laboral: los que venían prestando servicio desde 2015, el inicio de la actividad, para abarcar un plazo de tiempo suficiente que analizar, en el que hubieran sido testigos de los cambios que ha ido realizando Deliveroo en los contratos y el funcionamiento de la plataforma.

Además, la funcionaria ha detallado que cuando estaba dando por terminada la actuación inspectora, un grupo de cinco repartidores solicitaron por escrito –el mismo día que la empresa requería otra cuestión sobre la actuación– declarar ante la Inspección. Tres de estas personas ya habían hablado con la funcionaria, ha explicado la inspectora, por lo que solo se reunió con las otras dos.

Estos dos repartidores –presentes en el juicio y miembros de Aso Riders– le expresaron su preferencia de ser autónomos y no asalariados, han explicado todos los actores involucrados, pero no aportaron ninguna documentación que sustentara esta relación mercantil más allá de su preferencia. La inspectora ha precisado que el acta pretende incluir las manifestaciones de los repartidores que de manera general hayan resultado coincidentes, junto a otros hechos constantados por la autoridad laboral, y que no recoge una suma de declaraciones y opiniones individuales.

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