Bruselas da carpetazo al expediente contra Berlín por los desafíos del Constitucional alemán a las normas europeas

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

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Tanto ruido han generado los fallos del Tribunal de Karlsruhe como discreción se ha tomado la Comisión Europea para cerrar el caso abierto contra los desafíos del Constitucional alemán a las normas europeas. Si en junio el Ejecutivo comunitario abría la vía judicial contra Alemania por el fallo de Karlsruhe contra las compras de deuda del Banco Central Europeo, este jueves escondía la noticia en una ristra de comunicaciones sobre los expedientes judiciales del mes.

¿Y qué ha pasado? Que la Comisión ha decidido cerrar el procedimiento de infracción como consecuencia “de los compromisos formales” de Alemania, “reconociendo claramente la primacía de la legislación de la UE y la autoridad del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.

Así, la Comisión ha decidido este jueves archivar el procedimiento de infracción contra Alemania relativo a la sentencia del Tribunal Constitucional alemán de 5 de mayo de 2020, relacionada con el Programa de Compra de Activos del Sector Público (PSPP) del Banco Central Europeo.

La Comisión considera “apropiado” poner fin a la infracción por tres motivos.

“En primer lugar”, dice Bruselas, “en su respuesta a la carta de emplazamiento, Alemania ha asumido compromisos muy firmes. En particular, Alemania ha declarado formalmente que afirma y reconoce los principios de autonomía, primacía, eficacia y aplicación uniforme del Derecho de la Unión, así como los valores establecidos en el artículo 2 del Tratado de la UE, incluido el Estado de Derecho”.

Además, explica la Comisión Europea, “Alemania reconoce explícitamente la autoridad del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuyas decisiones son definitivas y vinculantes, y considera que la legalidad de los actos de las instituciones de la Unión no puede someterse al examen de denuncias constitucionales ante los tribunales alemanes, sino que solo puede ser revisada por el Tribunal de Justicia”.

Por último, “el Gobierno alemán, refiriéndose explícitamente a su deber de cooperación leal consagrado en los Tratados, se compromete a utilizar todos los medios a su alcance para evitar, en el futuro, la repetición de un caso ultra vires [el Constitucional alemán acusaba al BCE de extralimitarse], y asumir un papel activo en ese sentido”.

La duda que puede surgir es hasta qué punto el Constitucional alemán se ve comprometido por esas promesas del Gobierno federal, sobre cuyos jueces no tiene competencias.

En aquella sentencia de mayo de 2020, “el Tribunal Constitucional alemán también declaró que una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE también se extralimitaba y era ultra vires, sin remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE”, se quejaba Bruselas este cuando abrió el procedimiento de infracción contra Alemania: “En consecuencia, el Tribunal alemán privó a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de su efecto jurídico en Alemania, violando el principio de primacía del Derecho de la UE”.

“Esta es la razón para iniciar este procedimiento de infracción”, decía Bruselas, que añadía: “Mediante un auto de 29 de abril de 2021, el Tribunal Constitucional alemán rechazó dos solicitudes de orden de ejecución para la sentencia de 5 de mayo de 2020. Sin embargo, el auto de 29 de abril de 2021 del Tribunal Constitucional alemán no revierte las infracciones relativas al principio de primacía del Derecho de la Unión”. Por tanto, “la Comisión Europea considera que la sentencia del Tribunal Constitucional alemán constituye un precedente importante, tanto para la futura práctica del propio Tribunal Constitucional alemán como para las cortes y tribunales supremos y constitucionales de otros Estados miembros”.