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Condena de cuatro meses de cárcel por desórdenes públicos para diez de los once manifestantes del Hotel Reconquista de Oviedo

Los once manifestantes en el día del juicio por la protesta laboral que hicieron en el Hotel de la Reconquista de Oviedo.

Laura Olías

Condena de cuatro meses de cárcel para diez de los autodenominados 'Once Solidarios del Reconquista'. La jueza María Elena González Álvarez ha condenado a todos los imputados salvo a uno por un delito de desórdenes públicos por la protesta que protagonizaron en enero de 2018 en el famosos Hotel de la Reconquista de Oviedo. Los imputados denunciaron las políticas laborales del hotel, lo que retrasó la celebración de un acto. Uno de los acusados, Marco Antuña, además ha sido condenado a multa por un delito leve de maltrato de obra, por una agresión que no causó lesión.

“Es un disparate judicial y una vuelta a los tiempos del franquismo”, ha criticado Marco Antuña, portavoz de los manifestantes, que ha anunciado a eldiario.es que recurrirán la sentencia. La Fiscalía retiró todas las acusaciones contra los once imputados la semana pasada en el juicio, tras valorar las pruebas y escuchar los testimonios de los imputados.

Los hechos se remontan al 11 de enero de 2018. Un grupo reducido de personas –entre las que se encuentran estudiantes, jubilados y sindicalistas– interrumpió la rueda de prensa de presentación de Fitur que se estaba celebrando en un salón del emblemático hotel ovetense.

Al grito de “Raquel somos todas”, los manifestantes entraron en la sala y desplegaron dos pancartas. Uno de ellos (Marco Antuña) tomó la palabra ante los asistentes para denunciar las prácticas laborales del Grupo Hotusa en el Hotel de la Reconquista en un discurso que duró solo unos minutos, como se puede apreciar en el vídeo de La Voz de Asturias de ese día.

Entre las prácticas denunciadas por los manifestantes figuran la condena firme del Tribunal Supremo en 2017 por acoso laboral a una trabajadora y la del TSJ de Asturias que declaró nulo el despido de Raquel Agüeros, ex presidenta del comité de empresa de CCOO.

El conflicto llegó a los tribunales con la denuncia de la entonces directora del hotel, que junto a otro trabajador delegado de UGT, que pidieron condenas de seis meses de cárcel para los acusados por un delito de desórdenes públicos y además denunciaron una agresión y amenazas contra la directora.

La Fiscalía en un inicio pidió multas de entre 2.200 y 2.500 euros por desórdenes públicos, un delito leve leve de amenazas y otro leve de maltrato de obra, pero la semana pasada retiró todos los cargos porque “aunque hubo una interrupción del acto, se considera que los hechos no tuvieron relevancia penal”, explicaron fuentes de la Fiscalía a este medio.

Delito de desórdenes públicos

La magistrada titular del juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo considera en su sentencia que diez de los once imputados –uno de ellos se dio la vuelta y no participó en la protesta– cometieron un delito de desórdenes públicos con la movilización.

El delito de desórdenes públicos, recogido en el artículo 557 del Código Penal, se refiere a “quienes actuando en grupo o individualmente pero amparados en él, alteraren la paz pública ejecutando actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas, o amenazando a otros con llevarlos a cabo, serán castigados con una pena de seis meses a tres años de prisión”.

Según María Elena González Álvarez, la protesta es merecedora de esta calificación. La magistrada argumenta que “si bien no cabe duda tanto de la legitimidad social y moral del mensaje que los acusados pretendían difundir como de su derecho a hacerlo por los distintos medios a su alcance, no es lícito rebasar para ello la barrera que suponen el respeto al ordenamiento jurídico, clave en un estado de derecho, y al pacífico y libre ejercicio de sus derechos por los demás”.

La jueza concluye que “determinados derechos, como el derecho de reunión, el de manifestación o el de expresión, fundamentales en una sociedad democrática, pueden ocasionar inconvenientes y molestias a otros ciudadanos y es preciso realizar una labor de ponderación entre los derechos de unos y de otros”.

En su análisis, González Álvarez considera que “de ningún modo es admisible, y por ello es una condena tipificada penalmente, que se causen molestias que impliquen una grave perturnación de un acto suprimiendo la libertad del ejercicio de otros derechos por parte del tercero”. La rueda de prensa que alteraron los manifestantes con su protesta laboral se realizó más tarde en el mismo lugar.

La pena impuesta por los desórdenes públicos consiste en cuatro meses de cárcel y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo en este periodo, lo que priva a los condenados del derecho a ser elegidos para cargos públicos en esos cuatro meses. La jueza impone esta pena “atendiendo a su actitud carente de la más mera muestra de arrepentimiento y de voluntad de resarcir el daño causado”.

Concluye que hubo una agresión

La magistrada no considera probado que existieran amenazas, como denunció la acusación particular, pero sí condena a Marco Antuña por un delito leve de maltrato de obra, por la agresión sin lesión que denunció la directora del hotel. La pena por este delito es una multa de ocho euros al día durante un mes.

La sentencia da por probado que existió la agresión que denunció la directora, un empujón a la trabajadora contra una ménsula, aunque no figura en ninguna de las grabaciones a las que tuvo acceso la magistrada. “Ello obedece al hecho de que en ese preciso instante no se estaba grabanado a la zona del acceso”, recoge la sentencia.

Los manifentes aportaron un vídeo del momento de la entrada al salón, pero González Álvarez explica que no evidencia que no existió esa agresión ya que está grabada por una de las personas que entró en último lugar y no recoge la entrada de Marco Antuña.

Antuña lamenta a eldiario.es que “la jueza nos aplica el principio de presunción de culpabilidad, dando carta de veracidad a las denuncias falsas y a los falsos testimonios” y cree que “con sentencias como esta se pretende criminalizar la protesta obrera”. Además del recurso judicial de este fallo, “ni nos rendimos, ni nos callamos”, asegura: “Vamos a seguir en la pelea, sin dejarnos amedrentar por injusticias y atropellos como estos”.

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