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El Supremo confirma la sentencia que absolvió a Rato y otros 33 acusados de la salida a bolsa de Bankia

Rodrigo Rato, expresidente de Bankia, en la salida a bolsa de la entidad

Alberto Pozas

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La ruinosa salida a bolsa de Bankia, que desembocó en un rescate bancario de 22.000 millones de dinero público, queda impune por la vía penal. El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la sentencia que absolvió a los 34 acusados de perpetrar la operación, entre los que se encuentran el expresidente de la entidad, Rodrigo Rato, y el exministro Ángel Acebes. La Fiscalía Anticorrupción renunció a recurrir la sentencia absolutoria y los jueces del Supremo han estudiado los recursos de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) y de Bochner España, las únicas que recurrieron y a las que se adhirieron otras partes.

Los jueces de la sala de lo penal explican que la sentencia absolutoria de sus compañeros de la Audiencia Nacional no consiguió identificar “conducta falsaria ni, en consecuencia, defraudatoria en el proceso de salida a Bolsa” en cuanto a los exdirectivos de la entidad “apta para integrar las figuras típicas que conforman los ilícitos penales invocados por la acusación”. 

La Audiencia Nacional dictó en septiembre de 2020 la sentencia absolutoria que ahora confirma el Tribunal Supremo, más de dos años después. Una sentencia que absolvió a 34 acusados al entender que la operación de salida a bolsa de Bankia salió adelante con información “amplia y certera” en los folletos y con la aprobación de todos los supervisores: el Banco de España, la CNMV, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) e incluso la Autoridad Bancaria Europea (EBA).

Se trata de un proceso judicial del que también quedaron excluidos tanto la cúpula del Banco de España como también de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El Tribunal Supremo avala estos argumentos y rechaza, por ejemplo, la responsabilidad del Banco de España. “Las normas contables no dejan de resultar, como todas las otras, susceptibles de diversas interpretaciones, sin que la opción por una de ellas, máxime avalada por el BdE, pudiera reputarse aquí como en sí misma delictiva”, explican en su resolución firme.

Para la Audiencia Nacional todas las decisiones sobre la salida a bolsa “fueron resoluciones enteramente contempladas por el Banco de España, que además las aprobó después de calibrar las ventajas y los inconvenientes” de las mismas. El proceso, además, fue “fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las instituciones”, dijo la Audiencia Nacional.

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