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Renta 2025: Todo lo que tienes que saber sobre la campaña de la Declaración de la Renta en 2026

Declaración de la Renta en 2026.

Edu Molina

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La campaña de la Renta 2025, que se desarrolla en 2026, marca el periodo en el que los contribuyentes deben preparar y presentar su declaración del IRPF. Es importante conocer los plazos, los métodos de presentación y la documentación necesaria para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.

Además, estar al tanto de las deducciones, beneficios y cambios en la normativa permite optimizar la declaración y evitar posibles errores o sanciones. Contar con la información adecuada facilita planificar la presentación y aprovechar todas las ventajas fiscales disponibles.

Fechas clave para presentar la Declaración de la Renta

El calendario establecido por la Agencia Tributaria recoge las siguientes fechas clave:

  • Presentación por Internet: del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Esta vía permite consultar el borrador, comprobar los datos fiscales y confirmar o modificar la declaración directamente desde la plataforma de Hacienda.
  • Presentación por teléfono: del 6 de mayo al 30 de junio de 2026, con cita previa que puede solicitarse entre el 29 de abril y el 29 de junio. Durante la llamada, un técnico de la Agencia Tributaria elabora y revisa la declaración, proporcionando ayuda personalizada.
  • Presentación presencial en oficinas: del 1 al 30 de junio de 2026, también con cita previa, que debe reservarse entre el 29 de mayo y el 29 de junio. Esta opción está dirigida a quienes prefieren atención en persona o necesitan un apoyo más directo para completar el trámite.

Quiénes están obligados a presentar la Declaración de la Renta

No todos los contribuyentes deben presentar el IRPF. Están obligados quienes superen estos límites o cumplan determinadas condiciones:

  • Ingresos de un solo pagador: si superan los 22.000 euros anuales.
  • Ingresos de varios pagadores: si superan los 15.876 euros, cuando el segundo y restantes pagadores exceden los 1.500 euros.
  • Pensionistas con varios pagadores: obligados si superan los 15.876 euros y el segundo pagador aporta más de 1.500 euros anuales.
  • Autónomos y profesionales: obligados en todos los casos, independientemente de sus ingresos.
  • Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales: si superan los 1.600 euros anuales.
  • Personas en desempleo: solo deben declarar si superan los límites generales de ingresos.
  • Beneficiarios del IMV: obligados a declarar, aunque los primeros 12.600 euros están exentos.

Novedades en la campaña de la Renta 2025-2026

Este año, la Agencia Tributaria ha añadido diferentes novedades:

  • Datos familiares (ascendientes y descendientes): La Renta Web mejora la incorporación de familiares y detecta automáticamente si deben incluirse según sus ingresos y obligación de declarar.
  • Alquileres a familiares: el programa calcula automáticamente el rendimiento mínimo, evitando que el contribuyente tenga que hacerlo manualmente.
  • Autónomos: nuevas casillas y mayor desglose en el modelo 100, especialmente en cotizaciones, módulos y subvenciones.
  • Ganancias patrimoniales: Nuevas casillas para premios (publicitarios o no); Nuevo apartado para ETFs y SICAV con datos automáticos; Subida del tipo estatal del ahorro del 14 % al 15 % (más de 300.000 €).
  • Deducción para rentas bajas: beneficio fiscal para quienes ganen menos de 18.276 € (hasta 340 € de reducción).
  • Sostenibilidad: se mantienen deducciones por coche eléctrico, puntos de recarga y mejoras energéticas en vivienda.
  • Mayor tributación del ahorro: rentas superiores a 300.000 € pasan a tributar hasta el 30 %.
  • Tramos y comunidades autónomas: se mantiene la estructura general, con ajustes en la base del ahorro y posibles cambios autonómicos.

Cómo solicitar el borrador de la Renta

Los contribuyentes pueden acceder al borrador a través de Renta WEB y revisarlo antes de presentarlo.

  • Acceso online: a través de Renta WEB para consultar, modificar y confirmar la declaración.
  • Con certificado electrónico o DNIe: permite identificarse de forma segura.
  • Con Cl@ve Móvil: opción rápida mediante verificación en el móvil.
  • Con número de referencia: usando un código válido facilitado por la Agencia Tributaria.

El borrador incluye los datos fiscales disponibles y puede modificarse antes de su presentación.

¿Presentar la declaración de forma individual o conjunta?

Elegir entre tributación conjunta o individual depende principalmente del nivel de ingresos y de la composición familiar. La declaración conjunta suele ser más beneficiosa cuando solo uno de los miembros obtiene rentas o estas son bajas, ya que permite aplicar la reducción por unidad familiar y aprovechar mejor situaciones como hijos con ingresos reducidos, que apenas incrementan la base imponible.

Por el contrario, la declaración individual suele compensar cuando ambos contribuyentes tienen ingresos elevados. Declarar por separado evita que la suma total eleve el tipo impositivo al pasar a tramos superiores y, además, permite mantener determinadas deducciones personales que podrían reducirse o perderse en una declaración conjunta.

Deducciones por hijos a cargo que puedes aplicar

Contar con hijos permite aplicar distintas deducciones que reducen la carga fiscal en la declaración de la Renta. La deducción por maternidad está dirigida a madres trabajadoras con hijos menores de tres años dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, y puede alcanzar hasta 1.200 euros anuales, ya sea en la propia declaración o de forma anticipada (100 euros al mes).

Por su parte, la deducción por familia numerosa asciende a 1.200 euros en familias de categoría general y a 2.400 euros en las especiales, con incrementos adicionales por cada hijo extra, y puede cobrarse también de forma anticipada. A estas se suma la deducción por ascendiente con dos hijos, pensada para progenitores separados o sin vínculo matrimonial con dos hijos a cargo, siempre que no perciban pensión alimenticia y cumplan ciertos requisitos de actividad o situación laboral.

Cómo descargar el certificado de IRPF para hacer la Declaración de la Renta

El certificado de IRPF es un documento oficial de la Agencia Tributaria que refleja los ingresos obtenidos y las retenciones aplicadas durante el año fiscal. Disponer de este certificado permite revisar y verificar los datos antes de presentar la declaración de la Renta, ayudando a evitar errores que podrían generar requerimientos adicionales o sanciones.

Usar el simulador para conocer el resultado de la declaración

El simulador de la Agencia Tributaria permite estimar de manera anticipada si la declaración de la Renta resultará a pagar o a devolver. Aunque no tiene validez legal, es útil para prever el resultado y detectar posibles deducciones antes de presentar la declaración oficial. Esta herramienta facilita planificar con antelación sin necesidad de realizar el trámite definitivo.

Multas por presentar la declaración fuera del plazo

Si presentas la declaración después de la fecha límite sin que Hacienda te lo haya requerido, se trata de una declaración extemporánea, y se aplican recargos si la declaración resulta a pagar. El recargo es del 1% inicial más 1% adicional por cada mes completo de retraso respecto al plazo de presentación, sin incluir sanciones ni intereses devengados hasta ese momento. Si la presentación se realiza tras 12 meses desde el fin del plazo, el recargo fijo será del 15 %, y se devengarán intereses de demora por el periodo que transcurra desde el día siguiente al término de esos 12 meses hasta la presentación efectiva.

En los casos en que la declaración resulte a devolver y se presente fuera de plazo con requerimiento previo, se aplica una sanción de 200 euros. Si se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo, la sanción se reduce a la mitad, es decir, 100 euros.

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