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San Sebastián prohíbe los patinetes eléctricos en aceras, zonas peatonales y para menores de 16 años

Los patinetes eléctricos podrán circular por bidegorri en San Sebastián, pero no por aceras, parques o zonas peatonales

Eduardo Azumendi

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No a los patinetes eléctricos en aceras y para menores de 16 años. El Ayuntamiento de San Sebastián ha aprobado una normativa provisional sobre el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) con motor que establece que podrán circular por los carriles-bici, pero no por aceras ni zonas peatonales, y nunca guiados por menores de 16 años. De momento, se trata de una normativa provisional a la espera de que la Dirección General de Tráfico (DGT) establezca la regulación general. A partir de ese momento, el Ayuntamiento donostiarra adaptará sus ordenanzas a esa regulación. Además, pondrá en marcha una campaña de sensibilización para promover su correcta utilización.

El Consistorio ha actuado apremiado por la proliferación en la ciudad de nuevos vehículos motorizados de distinto tipo, como patinetes eléctricos, aeropatines 'segways' y otros similares.  La concejala de Movilidad, Pilar Arana, ha incidido en que se trata de una regulación provisional “basada en el sentido común” . En lo que va de año, en las ciudades españolas se han registrado al menos 273 accidentes con lesiones en los que han estado involucrados patinetes, de los que algo más de 200 han sido atropellos a peatones. Por ello, la Fiscalía ha ordenado a las policías locales que se esmeren en la investigación de estos siniestros.

La normativa ded San Sebastián divide estos vehículos en tres categorías, en función de su tamaño y mecánica, y fija un marco de uso para cada una de ellas. El 'grupo 0' incluye los patinetes, monopatines y similares sin motor -los únicos permitidos para niños y adolescentes hasta los 16 años- que deberán circular preferentemente por los bici-carriles, salvo los niños de hasta 12 años que estén jugando y podrán hacerlo por las aceras y zonas peatonales acompañados de un adulto que vele para que no molesten a los peatones.

Los vehículos de movilidad personal (VMP) con motor eléctrico se dividen en dos categorías: el 'grupo 1' para los que pesen hasta 25 kilos y alcancen una velocidad máxima de 25 km/h, que solo podrán ser conducidos a partir de los 16 años y transitar por los carriles de bicicletas -nunca por aceras, zonas peatonales o las calles de la Parte Vieja-; y el 'grupo 2' para los de peso y velocidad superior a los anteriores, que únicamente podrán utilizarse con 18 años como mínimo y deberán circular por carretera y con casco homologado, entre otras condiciones de seguridad.

En cuanto al estacionamiento, los patinetes y monopatines sin motor no podrán dejarse en la acera ni en las barras habilitadas para bicis y los motorizados tampoco, pues estos se asimilan a las motos y ciclomotores.

Hasta que no sea aprobada la nueva ordenanza definitiva, el régimen sancionador aplicable será el mismo que existe en la regulación de bicicletas.

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