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Trabajo anula un ERTE de Konecta, empresa de call center con oficina en la región

Pintada en las inmediaciones de la empresa Konecta en Lisboa, donde trabajaban jóvenes extremeños, hace tres años

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El Ministerio de Trabajo ha anulado el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de fuerza mayor que presentó el año pasado la multinacional de 'call centers' Konecta BTO, que afectaba a 502 trabajadores de cinco comunidades autónomas, entre ellas Extremadura.

El Ministerio ha estimado un recurso de alzada que había presentado la Confederación General del Trabajo (CGT) a una resolución de la Dirección General de Trabajo, que había aprobado este ERTE por “silencio administrativo”, según el acuerdo del ministerio que ha remitido esta organización sindical a los medios de comunicación este martes.

La Dirección General de Trabajo había aprobado este ERTE ya que “no pudo ser resuelto” en el plazo de cinco días, “debido al enorme volumen de expedientes” presentados por la crisis de la covid-19 en esos días.

CGT presentó un recurso de alzada a dicha aprobación ante el Ministerio de Trabajo, que ahora le ha dado la razón con una resolución que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe recurso pero ya en la Audiencia Nacional, ante la Sala de lo Social. 

Konecta BT presentó en marzo del año pasado un ERTE para 502 trabajadores de Madrid, Andalucía, Cataluña, Extremadura y Valencia por fuerza mayor vinculada a la covid y de acuerdo con el decreto aprobado por el Gobierno el año pasado para hacer frente a la pandemia.

CGT recurrió porque consideraba que no existía causa de fuerza mayor, que la paralización laboral se produjo por falta de medidas preventivas de la empresa y por considerar que la falta de aplicación de teletrabajo en una empresa de telemarketing era culpa de la misma.

Con esta resolución, se revocan los efectos de dicho expediente, según ha informado CGT en nota de prensa, y conserva el derecho de los trabajadores a percibir el salario correspondiente al período de regulación de empleo, que queda anulado.

El sindicato celebra esta resolución que obliga a la empresa a devolver las prestaciones y bonificaciones en las cotizaciones de los trabajadores afectados, que, a su vez, deberán ingresar al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) las cantidades percibidas.

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