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Ayudas de hasta 90.000 euros para la transformación y comercialización de productos forestales

Biomasa forestal

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La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la orden que regula las subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales y para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la región.

Según recoge esta orden, se destinarán tres líneas de ayudas para la potenciación de recursos del sector: adquisición de nueva maquinaria y equipos o su renovación; construcción o rehabilitación de pequeñas infraestructuras y transformación, movilización y comercialización de productos forestales.

Entre las inversiones para mejorar la productividad de los montes extremeños, la Junta subvencionará la adquisición de equipos y herramientas destinados a la preparación de nuevas matas de pinos, desbroces y otras actuaciones.

También se financiará la puesta en valor de alcornocales para tareas de desbroce, podas, transformación y aprovechamiento de frutos, así como el resalveo de castañares para madera, y de robledales para la producción de biomasa.

Del mismo modo, se subvencionará maquinaria y equipo para el clareo y astillado orientado al aprovechamiento y valor energético de madera, biomasa y leñas.

En cuanto a la construcción o rehabilitación de pequeñas infraestructuras, se apoyará económicamente las inversiones en naves de secado de piñas u otros frutos forestales como almacenes de resinas o leñas.

En la tercera línea de ayudas se financiará la adquisición de maquinaria fija nueva, bienes de equipo e instalaciones nuevos, encuadrados dentro del nivel preindustrial, aplicaciones y equipos informáticos, la adquisición de inmuebles de primer uso, y obra civil para la construcción de nuevos edificios o ampliación o reforma de los mismos.

Beneficiarios

Se podrán beneficiar las personas y entidades que estén dedicadas a la explotación silvícola y/o pretransformación de productos del monte, que sean titulares forestales públicos o privados, municipios y sus asociaciones; también personas autónomas y PYMES del sector; y las comunidades de bienes titulares de derechos reales o personales sobre terrenos forestales y agroforestales.

Respecto a la financiación, para las líneas 1 y 2 se subvencionará el 30% de la inversión aprobada, con importes máximos de inversión de 300.000 euros a la primera y 100.000 a la segunda.

En la tercera línea el porcentaje se determinará en función del tipo de empresa (PYMES) y del importe que resulte auxiliable, con una horquilla de inversión de entre 25.000 euros y un millón.

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