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El Ministerio de Hacienda eleva a 900.000 euros la inversión mínima para recibir incentivos regionales

eldiarioex/Efe

La inversión mínima de los proyectos subvencionables con incentivos regionales, para la corrección de los desequilibrios económicos entre comunidades autónomas, aumenta de 600.000 a 900.000 euros, un incremento del 50 %.

Así consta en los reales decretos aprobados el pasado viernes por el Consejo de Ministros y que ahora publica el BOE en los que se modificó el Reglamento de incentivos y los textos que afectan a cada comunidad autónoma para adaptar la legislación a los cambios producidos en la normativa europea y contrarrestar el descenso de las ayudas europeas en el período 2014-2020.

Mediante esta modificación, Baleares y La Rioja, antes excluidas, han pasado a formar parte del sistema de incentivos regionales y podrán beneficiarse de las ayudas financieras que concede el Estado a la inversión productiva.

Se suman a Galicia, Andalucía, Asturias, Cantabria, Murcia, Valencia, Aragón, Castilla-La Mancha, Canarias, Extremadura, Castilla y León, Ceuta y Melilla, de modo que sólo quedan fuera de este sistema el País Vasco, Navarra, Madrid y Cataluña.

Según el Ejecutivo, las nuevas directrices comunitarias establecen una bajada generalizada de las intensidades máximas de ayudas y, además, dificultan especialmente su concesión a grandes empresas. Por ello, argumenta que el cambio normativo permitirá que se alcancen las intensidades máximas de ayuda para cada tipo de empresa, ya sean grandes, medianas o pequeñas.

Los cambios normativos afectan a los proyectos subvencionables, entre los que se incluye la adquisición de activos inmateriales, pero aumenta de 600.000 a 900.000 euros la inversión mínima en los los mismos.

Asimismo, se reduce de cinco millones de euros a un millón el límite que permite al beneficiario de una subvención de incentivos regionales solicitar cobros a cuenta a medida que vaya justificando la inversión.

Para las pequeñas y medianas empresas, se reduce de cinco años a tres el plazo de la obligación de mantenimiento de las inversiones en condiciones normales de funcionamiento.

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