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Los condenados por construir tres viviendas ilegales en la Sierra de Santa Bárbara tienen tres meses para derribarlas

Medio millar de edificaciones en la Sierra de Santa Bárbara de Plasencia podrían ser ilegales

elDiarioex

23 de septiembre de 2020 15:44 h

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia (Cáceres) ha acordado que los cuatro vecinos de la ciudad que fueron condenados por un delito contra la ordenación del territorio, al haber construido de forma ilegal en la Sierra de Santa Bárbara, deben derribar sus viviendas en un plazo de tres meses.

Los cuatro propietarios fueron condenados el 10 de abril de 2019 a penas de cuatro meses de prisión, a hacer frente al pago de una multa de nueve meses con una cuota diaria de cinco euros y a inhabilitación durante los meses de condena para profesión u oficio relacionado con la construcción, así como a acometer por su cuenta la demolición.

El juez los consideró culpables de realizar tres edificaciones en suelo no urbanizable de protección natural paisajístico en la finca Villacastillo del término municipal de Plasencia.

La sentencia, en su fundamento cuarto, recogía que la pena de prisión había sido suspendida en su ejecución durante 3 años y 6 meses.

De esta forma, la suspensión de la ejecución de dicha pena de prisión se condicionaba a que no delincan durante el período de suspensión, así como a que acometieran la demolición de las correspondientes edificaciones ilegales.

Regularización de las viviendas

Asimismo, la sentencia recogía que los abogados de las defensas en la vista afirmaron que “se estaban legalizando” tales construcciones, por lo que se acordó que antes de hacerse efectiva dicha demolición se recabara informe del Ayuntamiento de Plasencia para ver si la legalización puede realizarse “de manera directa y automática”.

También señalaba que de no legalizarse “de manera directa y automática” el Juzgado en fase de ejecución dictaría un plazo para la demolición de las construcciones.

Así, en un auto del 15 de septiembre de 2020, el mismo Juzgado de lo Penal ha acordado la demolición de las edificaciones establecida en la sentencia del 10 de abril de 2019.

“Demoliciones que tendrán lugar por los penados en un plazo improrrogable de tres meses a contar desde la notificación del presente auto y pertinentes requerimientos a los penados para la efectiva ejecución de las obras de demolición”, dice.

El juez apercibe a los penados que el incumplimiento de la obligación de demolición, en cuanto impuesta como condición del beneficio de la suspensión de las penas de prisión, conllevará la revocación del beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de cuatro meses de prisión y su cumplimiento en centro penitenciario.

El auto señala que el informe técnico emitido por el Ayuntamiento de Plasencia en fecha 3 de junio de 2019 “es meridianamente claro, como destaca el Ministerio Público, al concluir que las actuaciones llevadas a cabo por los penados no es suficiente para emprender el procedimiento de regularización y a fecha actual no constan nuevas circunstancias que motiven una resolución diferente a la emitida”. 

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