Dos personas se enfrentan a una pena de seis años por manipular cuentas bancarias
El Fiscal solicita una pena total de seis años de cárcel y una multa de más de 20.000 euros para dos personas acusadas de un delito continuado de blanqueo de capitales al recibir dinero mediante transferencias bancarias manipulando las cuentas de otras personas a través de mecanismos ilícitos de manipulación de ordenadores.
Según el escrito del Fiscal, el acusado, A.S.G., a través de una página en Internet se puso en contacto con una empresa que ofertaba “un supuesto contrato de trabajo para vender pienso para ganado” pero la realidad es que éste consistía en recibir dinero mediante transferencias bancarias en una cuenta con importes que procedían de personas que, a través de mecanismos ilícitos de manipulación de ordenadores, accedían a sus datos y a sus claves bancarias.
Así “manipulaban las cuentas para emitir dichas transferencias” y el acusado “guiado por un ánimo de obtener un beneficio económico ilícito” accedió a ello facilitando un número de cuenta.
De esta manera, el acusado recibió diferentes transferencias en su cuenta bancaria, en concreto, el 20 de junio de 2012 recibió 2.019 euros o el 25 de junio 1.802 euros, entre otras. Posteriormente, procedía a enviar estas cantidades a la empresa de Ucrania.
Por su parte, la otra acusada, N.V.S., también accedió a un trabajo similar por el que debía sacar el dinero que le transferían a una cuenta bancaria, abierta para tal efecto, excepto una comisión y posteriormente enviarlo a una empresa también de Ucrania.
Entre otras cantidades, N.V.S., recibió transferencias por valor de 2.995 o 2.945 euros.
Para el Fiscal estos hechos son constitutivos de un delito continuado de blanqueo de capitales y alternativamente, un delito continuado de estafa. Para el primero de los acusados impone la pena de tres años de cárcel y una multa de 11.439 euros, y a ella la misma pena de prisión y 10.443 euros.
Por su parte, si se estima el delito continuado de estafa pide dos años y seis meses de prisión para cada uno.
Finalmente, y por vía civil, el acusado deberá indemnizar a la entidad bancaria en 5.719 euros y ella con 5.941 euros.
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