Multas de 15 euros si circulas desde hoy sin etiqueta de la DGT por Madrid
Se acabó el plazo. Seis meses después de la entrada en vigor del nuevo protocolo anticontaminación de Madrid, los conductores de cualquier tipo de vehículo (coches, motos, furgonetas...) están obligados a llevar desde este 24 de abril de 2019 la etiqueta ambiental de la DGT que le corresponde para circular por Madrid. Si no lo hacen, podrán ser multados por los policías o los agentes de movilidad.
Aunque las sanciones inicialmente previstas para los que circulen sin etiqueta ambiental eran de 100 €, el Ayuntamiento de Madrid ha aclarado que solo impondrá multas de 15 euros a los infractores, informan fuentes del área de Medio Ambiente. Los conductores que no la posean todavía pueden adquirirla en cualquier oficina de Correos al precio de 5 euros, una vez comprbado en el buscador de la Dirección General de Tráfico qué pegatina le corresponde.
Para recoger la pegatina es indispensable que el conductor presente en el momento de la solicitud el permiso original de circulación del vehículo, así como el documento oficial de identificación personal (D.N.I., N.I.E. o pasaporte). La DGT explica que lo mejor es situar la pegatina en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. O, en su defecto, en cualquier otro lugar del vehículo en el que sea visible.
Tipos de etiquetas ambientales
Clasificadas de vehículos más a menos contaminantes, los vehículos se clasifican del siguiente modo:
- Sin pegatina: Aquellos vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000 y diésel hasta el año 2005. Las motos anteriores a 2003 tampoco poseen pegatina.
- Pegatina B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005 (los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en diésel la Euro 4 y 5).
- Pegatina C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014 (los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en diésel la Euro 6).
- ECO: Vehículos híbridos enchufables con autonomía
Cero emisiones:
- Todos los vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
¿Cómo afecta a mi pegatina el protocolo anticontaminación?
En periodos de importantes restricciones de polución, solo podrán circular por el centro de Madrid los vehículos con etiquetas CERO y ECO, además de los que lleven la etiqueta C en algunos casos (consulta aquí todas las restricciones). También es necesario este distintivo a la hora de acceder a Madrid Central, la nueva zona de bajas emisiones que entró en vigor en el distrito Centro el 30 de noviembre de 2018.
0