El Tribunal Superior de Madrid tumba el plan para construir pisos sobre las centenarias Cocheras de Cuatro Caminos Diego Casado

Se acabó el plazo. Seis meses después de la entrada en vigor del nuevo protocolo anticontaminación de Madrid, los conductores de cualquier tipo de vehículo (coches, motos, furgonetas...) están obligados a llevar desde este 24 de abril de 2019 la etiqueta ambiental de la DGT que le corresponde para circular por Madrid. Si no lo hacen, podrán ser multados por los policías o los agentes de movilidad.
Aunque las sanciones inicialmente previstas para los que circulen sin etiqueta ambiental eran de 100 €, el Ayuntamiento de Madrid ha aclarado que solo impondrá multas de 15 euros a los infractores, informan fuentes del área de Medio Ambiente. Los conductores que no la posean todavía pueden adquirirla en cualquier oficina de Correos al precio de 5 euros, una vez comprbado en el buscador de la Dirección General de Tráfico qué pegatina le corresponde.
Para recoger la pegatina es indispensable que el conductor presente en el momento de la solicitud el permiso original de circulación del vehículo, así como el documento oficial de identificación personal (D.N.I., N.I.E. o pasaporte). La DGT explica que lo mejor es situar la pegatina en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. O, en su defecto, en cualquier otro lugar del vehículo en el que sea visible.
Clasificadas de vehículos más a menos contaminantes, los vehículos se clasifican del siguiente modo:
Cero emisiones:
En periodos de importantes restricciones de polución, solo podrán circular por el centro de Madrid los vehículos con etiquetas CERO y ECO, además de los que lleven la etiqueta C en algunos casos (consulta aquí todas las restricciones). También es necesario este distintivo a la hora de acceder a Madrid Central, la nueva zona de bajas emisiones que entró en vigor en el distrito Centro el 30 de noviembre de 2018.
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