Madrid regula la publicidad exterior: prohibidas las pantallas LED después de las 22 horas y limitación de lonas
El Ayuntamiento de Madrid aprobaba el jueves en Junta de Gobierno la modificación de la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior de 2009 para regular, por primera vez, la instalación de pantallas de luminosas de tecnología LED en escaparates y limitar el impacto de las lonas publicitarias, entre otras novedades.
Además de clarificar conceptos, la norma especifica la ubicación, calidad, tamaños, luminancia y distancias de los dispositivos publicitarios luminosos y fija una serie de medidas para limitar el impacto de las lonas publicitarias, como las instaladas en la Iglesia de San José para HBO o Movistar+, ampliando el periodo de carencia de 5 a 10 años, como las Inspecciones Técnicas de Edificios.
Pantallas con tecnología digital
La proliferación de pantallas con tecnología digital en escaparates, que suponen un impacto sobre el espacio público, ha llevado a introducir un apartado 6 en el artículo 29 de la Ordenanza de Publicidad Exterior que regule las condiciones en las que pueden instalarse:
Lonas publicitarias en andamios
La regulación del uso de las lonas publicitarias de andamio es otra de las importantes novedades de la modificación de la Ordenanza de Publicidad Exterior.
Debido al abuso en su instalación, se amplía el periodo de carencia de cinco a diez años, haciéndolo coincidir con el plazo impuesto pasar la Inspección Técnica de los Edificios (ITE). Esta medida pretende evitar que los edificios estén constantemente cubiertos por este tipo de elementos.
Asimismo, se introduce la imposibilidad de conceder licencias en el plazo de un año a personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionados por instalar un soporte publicitario flexible sobre estructura de andamio sin el correspondiente permiso municipal o sin ajustarse a sus condiciones.
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