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El Ayuntamiento de Pamplona suspenderá durante un año la apertura de casas de apuestas

Los salones de juego crecen desde 2018 un 17% en Andalucía hasta 876 y Huelva acapara el mayor número por habitante

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La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona ha aprobado este lunes la suspensión de las licencias de obra y de apertura para casas de apuestas, salones de juego y bingos por un periodo máximo de doce meses.

Además, ha acordado iniciar un estudio sobre la situación actual de este tipo de establecimientos en el término municipal y una posible modificación de la normativa urbanística al respecto.

El Ayuntamiento de Pamplona ha señalado en una nota que son varios los motivos, sociales y administrativos, que han llevado al Consistorio a adoptar esta medida. Por un lado, la “alarma social” ante la proliferación de este tipo de establecimientos y el efecto adictivo del juego. Por otro, la necesidad de establecer una nueva regulación de estos locales. Y, por último, la decisión del Gobierno de Navarra, el pasado 30 de octubre, de suspender las concesiones de autorizaciones para la apertura de nuevos establecimientos por un periodo de seis meses en la Comunidad foral para estudiar un cambio normativo.

Ambas administraciones, tanto el Gobierno foral como el Ayuntamiento, van de la mano en este asunto al tener competencias concurrentes. Mientras que el Ejecutivo foral es el encargado de conceder la autorización previa de la actividad, los ayuntamientos son quienes tienen la potestad de conceder las licencias de obras y de apertura. De esta forma, para poder explotar un local de este tipo, es preciso contar con las licencias de ambas administraciones que, sin embargo, son independientes la una de la otra. Por ello, ante la suspensión aprobada por el Gobierno foral, se podía dar el caso de que un local tuviera licencias municipales, pero no pudiera abrir al carecer de la autorización previa de actividad.

Ése es uno de los motivos por los que el Consistorio pamplonés ha acordado esta suspensión, una forma de evitar conceder licencias que podrían luego ser contrarias a la futura regulación autonómica. En este sentido, considera necesario conocer la regulación del Gobierno de Navarra para poder establecer la normativa urbanística coordinada.

Fue el pasado 11 de septiembre cuando el grupo municipal de EH Bildu presentó, como proposición normativa, una propuesta de ordenanza para la regulación de las casas de apuestas y locales de juego y de medidas para la prevención de la ludopatía. La propuesta incluía aspectos urbanísticos y otros referidos a temas publicitarios, de patrocinios y medidas de prevención de adicciones.

Esta iniciativa fue sometida a un proceso de consultas previas con agentes implicados (asociaciones de ludopatía y empresas de casas de apuestas) y se recibieron aportaciones, que servirán de base para la regulación que ahora se inicia.

La Comisión de Urbanismo aprobó el 23 de octubre, por unanimidad, “instar al Ayuntamiento a analizar e incoar, en su caso, un expediente de suspensión del otorgamiento de licencias” durante la tramitación de la propuesta de regulación urbanística. Asimismo, acordó trabajar de forma coordinada con el Gobierno de Navarra y la ponencia del Parlamento foral a la hora de adoptar medidas en este ámbito.

No obstante, la suspensión de licencias que se planteaba en esa propuesta no se puede realizar mediante ordenanza. De ahí que el Consistorio haya planteado una reforma de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal que regula la implantación de usos y actividades de la ciudad, para dar respuesta a esa propuesta.

Además, desde los servicios jurídicos, respaldan la suspensión de licencias con anterioridad a la aprobación inicial de la nueva normativa urbanística durante un periodo máximo de un año, que podrá ampliarse a dos si en ese primer plazo se produce la aprobación inicial. Esa suspensión previa no es sino una medida cautelar en garantía del nuevo régimen urbanístico. Es la Junta de Gobierno Local el órgano competente para acordarla, tal y como lo ha hecho en su sesión de este lunes.

Desde el punto de vista urbanístico, la regulación de estos locales podrá hacerse atendiendo a su localización, mediante una modificación del artículo 28 de compatibilidad de usos, mediante el establecimiento de distintas mínimas entre locales y/o con otros usos, o fijando porcentajes máximos de superficie destinada a ese uso.

El resto de aspectos, como publicidad, patrocinios y medidas de prevención de las adicciones, que también se proponía regular, se tramitarán por ordenanza es sus áreas correspondientes.

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