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Cumplir la ley también es urgente, incluso para un Consejo con 500 años de historia

Los líderes sindicales de UGT, Pepe Álvarez, y CC.OO., Unai Sordo.
28 de marzo de 2026 22:30 h

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Hay dictámenes que iluminan y otros que, con solemnidad, oscurecen lo evidente. El reciente del Consejo de Estado sobre el registro de jornada pertenece a esta segunda categoría: no por lo que dice, sino por lo que decide no ver.

El registro horario no es una ocurrencia ni una excentricidad. Nació en 2019 para responder a una realidad inquietante: millones de horas extraordinarias sin pagar ni cotizar. Su propia exposición de motivos lo advertía con claridad: sin registro, las personas trabajadoras quedan indefensas y se facilitan jornadas por encima de los límites legales, con impacto en el salario, la conciliación y las cotizaciones.

No es un problema técnico, sino de derechos. Siete años después seguimos discutiendo si puede desarrollarse reglamentariamente mientras millones de personas ven vulnerados sus derechos por el descontrol de la jornada laboral. Resulta difícil no sorprenderse cuando, en nuestro ordenamiento jurídico, las jornadas especiales se regulan por real decreto desde 1995, pero el registro —ya establecido por ley— parece resistirse a ese mismo desarrollo. Como si ordenar el tiempo de trabajo fuera aceptable, pero controlarlo efectivamente resultara sospechoso.

La paradoja es evidente. El Consejo de Estado nació en 1526, bajo Carlos V. Cinco siglos después, en plena era de algoritmos e inteligencia artificial, parece que pasar del papel al registro digital exige poco menos que una reforma constitucional. Menos mal que su criterio no es vinculante, porque la recomendación, al mismo tiempo que pone barreras a los avances tecnológicos , nos devuelve al siglo XVI

Y ello pese a que el propio dictamen reconoce lo esencial: el descontrol de la jornada es un problema grave que afecta a la salud, la conciliación y la competencia leal. Es decir, admite el diagnóstico, pero rechaza el tratamiento. Además, desplaza el debate hacia lo caricaturesco: la protección de datos. De pronto, el problema no es trabajar gratis, sino registrar ese trabajo. No se protege a quien lo sufre, sino —parece— a quien lo impone.

El resultado es inquietante: la protección de datos como escudo de la opacidad. Llevado al extremo, obligaría a replantear incluso la actuación de Hacienda: ¿también las facturas o los registros contables deberían quedar fuera de control en nombre de la intimidad? El absurdo es evidente. Porque aquí no se trata de datos: se trata de derechos.

Los datos son tozudos. Cada semana se realizan millones de horas extraordinarias en España, muchas sin retribuir. Solo en 2025, 2,49 millones de horas semanales no se pagaron, afectando a 441.000 personas y generando más de 3.200 millones de euros anuales no abonados, según datos de la EPA. Traducido: A cientos de miles de personas trabajadores les roban más de cinco horas de su vida cada semana.

Quizá no sea urgente. Depende de dónde se mire. No lo es desde la cómoda distancia de un dictamen que pide “sosiego y reflexión”, pero sí para quien encadena jornadas ilegales, no puede conciliar o ve evaporarse su salario en horas invisibles.

Por eso se visualiza en este dictamen una cierta alineación con quienes llevan años resistiéndose a cumplir la ley. No se cuestiona un exceso regulatorio, sino que el control sea eficaz: que el registro sea, como exige el Derecho europeo, objetivo, fiable y accesible. Y eso, en la práctica, significa que no pueda manipularse.

Discutir si el registro debe ser digital, los plazos o las cargas para las pymes es legítimo. Pero no puede servir de coartada para sostener un sistema que aún permite prolongaciones de jornada no registradas ni pagadas. Entonces ya no hablamos de técnica jurídica, sino de normalizar una ilegalidad.

Además, el dictamen trata con ligereza una cuestión clave: la salud laboral. Controlar el tiempo de trabajo no es solo salario, es prevención. Jornadas excesivas y descansos insuficientes impactan directamente en la salud, algo que el propio Consejo de Estado reconoce.

Negar la urgencia es negar la evidencia. Puede no serlo desde un despacho que reclama “sosiego”, pero sí para quienes acumulan cada semana horas no pagadas. La pregunta es sencilla: ¿cuántas más hacen falta para que sea urgente?

El Gobierno debe decidir. Puede dejarse arrastrar por un dictamen no vinculante que debilita la reforma o garantizar que la ley se cumple y la competencia es leal.

Eso exige aprobar el real decreto, con los ajustes técnicos necesarios, pero sin tocar su esencia: un registro objetivo, fiable, accesible y no manipulable que proteja las horas trabajadas, la retribución y la salud.

Si al Consejo de Estado no le parece urgente, es legítimo. No responde ante los ciudadanos.

El Gobierno, sí.

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