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El eurobochinche

Puigdemont lamenta la muerte de Rubalcaba y expresa su pésame a la familia

Elisa Beni

“El aparato de la Justicia tal vez sea la pirámide más asombrosa, la mayor reunión de energía humana en busca de una meta que uno pueda imaginar. Cuando se pone la última piedra el inculpado queda abajo, aplastado”.

Jakob Wassermann. El caso Maurizius

Les avancé hace semanas que la batalla europea de los eurodiputados electos procesados por rebelión iba a desatarse muy pronto. Será esta semana que comienza. Las fichas que debían moverse en España ya se han movido y, de hecho, con la insólita decisión del Tribunal Supremo de no dejar a Junqueras salir a jurar la Constitución, como paso previo para obtener su credencial, y la del juez Llarena de no levantar las órdenes de detención en territorio nacional, hay mucho ciudadano y jurista que consideran que el episodio se ha cerrado definitivamente al cercenarse de raíz las pretensiones de convertirse en eurodiputados con la consecuencia de la obtención de la inmunidad parlamentaria asociada. No diría yo tanto. Dado que todos ellos van a llevar a cabo acciones jurídicas, diferentes dada también su diferente situación, ante instituciones y tribunales distintos a los patrios, no desestimaría yo que se produjera un bochinche jurídico de consecuencias imprevisibles. Al menos es lo que los eurodiputados electos procesados y sus equipos jurídicos van a intentar según llevan meses estudiando.

En ese sentido, los pronunciamientos que algunos consideran definitivos que estos días han tenido tanto el tribunal enjuiciador como el magistrado instructor como la propia Junta Electoral Central han sido dictados en respuesta a demandas concretas de interesados. Un ingenuo podría pensar que se le ha pedido a la JEC que envíe la credencial a Puigdemont sin venir a Madrid o se le ha solicitado a Llarena que le deje venir sin detenerle, sólo porque tienen ganas de que sonriamos un poco. Más bien debiéramos maliciar que, precisamente, querían tener en las manos estas respuestas.

En una de ellas, en la que el tribunal niega a Junqueras incoherentemente lo mismo que le dejó hacer cuando fue elegido diputado con una argumentación de la que luego hablaremos, lo cierto es que se palpa ya la condena. Se lee, incluso, que Junqueras va a ser condenado. “Este momento del proceso sitúa a la Sala en una posición privilegiada, hasta ahora inédita, para valorar la intensificación del fumus boni iuris que ha venido sosteniendo las medidas cautelares (...) El proceso penal, por tanto, está ya en el último tramo, en el momento de la deliberación acerca de los elementos fácticos y jurídicos que van a definir su desenlace. Precisamente por ello, el deber de esta Sala de asegurar los fines del proceso adquiere un significado especial, que condiciona la respuesta a cualquier solicitud que pueda deducirse”, dice textualmente. Lo cual puede traducirse libremente, y no por ello de forma errónea, como que la sala tiene ahora un conocimiento, que hasta ahora que ha acabado el juicio no tenía, que le hace ver que es más intenso el aroma de buen derecho que destilaban las razones de Llarena para meterlo en prisión y que, como ya están deliberando sobre ello, tienen claro que toda respuesta que den a las peticiones debe tener en cuenta esto que ellos ya saben. Resumen: a Junqueras le van a condenar y no a unos pocos años.

Otra cuestión que tampoco debe pasar desapercibida es que en ningún momento se plantean dejarle jurar y luego aplicarle el 384 de la LeCrim y suspenderlo, como pedía la Abogacía del Estado, o como se hizo por la Mesa del Congreso. Recuerden que en aquel momento, tampoco Marchena y sus colegas mencionaron este artículo. Ese artículo que sólo puede suspender de funciones a “terroristas y rebeldes”. A lo mejor es que tienen aroma de que no habrá rebeldes y huyen como gato del agua fría de mentar o usar este supuesto.

No les niego que hay quienes creen que hasta aquí han llegado las pretensiones de Puigdemont, Junqueras y Comin pero eso, añado yo, está aún sin ver. De hecho, mañana lunes se presentará un recurso de súplica en el que no se desestima que se plantee al tribunal la petición de una cuestión prejudicial ante el TJUE, de cuyo contenido no hay noticia, que obviamente el tribunal desestimara. Tras esto seguirá el amparo al Tribunal Constitucional y actuaciones ante el propio Parlamento Europeo. Pero Junqueras está en prisión y esto sí deja la sartén por el mango a los magistrados del Tribunal Supremo. Lo que llegue en este caso llegará más tarde. Junqueras no saldrá a jurar ni estará en Estrasburgo el día 2 de julio aunque, según el TS, la restricción de su derecho a la representación es “temporal”, insisten mucho en ello y creo que lo hacen mirando hacia el norte. Lo plantean de facto como una especie de cautelar para asegurar los fines del proceso. Una especie de lo mismo que puedo privarte temporalmente de libertad de forma preventiva, te privo temporalmente de tu derecho de representación. Sólo que en el hecho de salir a jurar no hay ningún problema, como ya se ha demostrado. Son las consecuencias del hecho, la consecución de la euroinmunidad parlamentaria, las que quieren evitar. Y este recoveco resulta mucho más discutible.

El caso de Puigdemont, en libertad en Bruselas que “es el lugar en el que uno de los procesados en rebeldía dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidencia él encarnaría” según la incompresible frase incrustada en el auto de Junqueras, es completamente diferente. Sus defensas están siendo muy cuidadosas en no desvelar cuál es la estrategia concreta por la que pretenden conseguir que el día 2 de julio esté sentado en Estrasburgo en la sesión inaugural. Por ahora sabemos que cuentan con los documentos que han conseguido tras la denegación de sus solicitudes y que tienen pensado acudir directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Estrasburgo, lo que es posible en virtud del artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión. Cierto es que las fuentes jurídicas del Tribunal Supremo opinan que nada va a conseguir así pero cierto es también que no es la primera vez que se equivocan sobre el proceder de tribunales no nacionales. Al parecer una de las ideas que subyacen es que el requisito de la jura de la Constitución Española recogido en la LOREG es anterior al Tratado de Lisboa y que lo que deducen de él contradice la legislación actual de la Unión. Lo real es que es difícil aventurar cuál será el resultado de sus pretensiones dado que no se conoce en qué términos serán presentadas.

Más allá de los resultados, a partir de ahora y hasta el dos de julio, la cuestión catalana y el procedimiento penal emprendido contra los políticos catalanes van a estar presentes en el núcleo de las instituciones europeas. Algo mucho más serio y de consecuencias más imprevisibles que la patochada de Vox de presentarse con una foto del Duque de Alba en el Europarlamento para sentarse junto a sus nuevos compañeros, que son, precisamente los flamencos que dan soporte a Puigdemont.

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