Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La izquierda presiona para que Pedro Sánchez no dimita
Illa ganaría con holgura y el independentismo perdería la mayoría absoluta
Opinión - Sánchez no puede más, nosotros tampoco. Por Pedro Almodóvar
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La Audiencia de Almería archiva la causa principal contra Gabriel Amat (PP)

El alcalde de Roquetas de Mar (Almería) y presidente del PP de Almería, Gabriel Amat.

EFE

Almería —

0

La Audiencia Provincial de Almería ha ordenado el sobreseimiento y archivo de la causa principal contra el alcalde de Roquetas de Mar (Almería) y presidente del PP de Almería, Gabriel Amat, desestimando el recurso de apelación de Fiscalía y PSOE, al considerar que no existen indicios de ilícitos penales.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, responde así a los recursos por el archivo llevado a cabo por el Juzgado de Instrucción 1 de Roquetas de Mar de esta causa, que tuvo su origen en la investigación de un supuesto entramado empresarial en torno a Amat y parte de sus familiares.

“Nos encontramos definitivamente en estas diligencias con 22 sociedades (..) sobre las que no se ha hecho una investigación específica, ya que en la presente causa fueron investigados otros hechos que no forman ya parte de esta causa por haberse abierto piezas separadas”, dicen ahora los magistrados.

Sostienen que “no es admisible en un Estado de derecho” hacer una “investigación integral de las mismas sin un mínimo atisbo concretado de la existencia de ilícito penal”, función que corresponde a las acusaciones cuando recurren un sobreseimiento.

“En forma alguna es admisible la utilización de la frase ”un largo etcétera de delitos“ que hace el Ministerio Fiscal en su recurso, así como en que momento y en que actuación esa empresa en concreto y por quien de los que componen la misma se ha cometido un ilícito penal”, añaden.

Así, sostienen que esta “investigación general” de una persona que es alcalde y a la vez participa de 22 empresas, “por el simple hecho de afirmar que pudiera haber irregularidades administrativas” en su gestión, “no respetaría el derecho a la tutela judicial efectiva de la persona investigada”.

Subrayan que “pocas veces” puede encontrarse un auto “más fundamentado, detallado y correcto” que el recurrido.

“Para que no accediéramos a ratificar el sobreseimiento provisional los recurrentes tendrían que haber señalado que es lo que se ha dejado de investigar, y consecuentemente que ello haría que no se persiguiera un delito determinado, en base a un hecho concreto”, apuntan.

Etiquetas
stats