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Los condenados por la venta de vivienda pública a un fondo buitre podrán recurrir hasta llegar al Tribunal Supremo

La exalcaldesa de Madrid, Ana Botella

Pedro Águeda

La sentencia dictada por la consejera del Tribunal de Cuentas María Antonia Lozano Álvarez contra Ana Botella y su equipo municipal de Gobierno por vender a un fondo buitre viviendas municipales por un precio menor es recurrible ante el propio órgano fiscalizador. Pero ahí no acaba el recorrido de los recursos. Las partes pueden acabar sometidas al veredicto último de la Sección Tercera del Tribunal Supremo, la misma que ha tenido en los últimos tiempos gran repercusión por la sentencia de las hipotecas.

Los condenados por el Tribunal de Cuentas ha anunciado que recurrirán. El fallo les da un plazo de quince días. Será la denominada Sala de Justicia quien resolverá. El tribunal estará compuesto por los consejeros de la Sección de Enjuiciamiento a excepción de la que ha fallado en primera instancia, la consejera titular del Departamento Primero, María Antonia Lozano Álvarez.

Por tanto, ese tribunal estará compuesto por el presidente de la Sección de Enjuiciamiento, José Manuel Suárez Robledano, quien fue portavoz de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura; la consejera titular del Departamento Segundo, Margarita Mariscal de Gante, ministra de Justicia en el Gobierno de José María Aznar ; y el consejero titular del Departamento Tercero, Felipe García Ortiz, éste último elegido a propuesta del PSOE.

En el caso de que confirmaran la sentencia, los condenados podrán recurrir al Supremo. También lo podría hacer el Ayuntamiento de Madrid, como demandante, si resultaran absueltos. La Ley 7/1988 de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas establece que “a Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo conocerá de los recursos de casación y revisión que se interpongan contra las sentencias pronunciadas por las Salas del Tribunal de Cuentas, en los casos y por los motivos determinados en esta Ley”.

El Tribunal de Cuentas ha condenado a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a otros siete altos cargos de su Gobierno a pagar 25,7 millones de euros por vender 1.860 viviendas públicas protegidas a dos sociedades del fondo buitre Blackstone a un precio por debajo de mercado.

La sentencia concluye que el núcleo duro del Gobierno de Botella, ocho de sus miembros empezando por la alcaldesa, “incurrieron en una negligencia grave” porque “no impidieron el perjuicio en el patrimonio público” a la hora de vender 5.315 inmuebles de titularidad municipal (entre ellos 18 bloques completos de pisos protegidos) al citado fondo de inversión por 128,5 millones, cuando según los cálculos del Tribunal de Cuentas el Ejecutivo de Botella podría haber ingresado más de 151 millones.

El fallo del Tribunal de Cuentas responde a una denuncia presentada por el actual equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid. En el caso de que el equipo municipal lo solicite, el Tribunal de Cuentas valorará si debe embargar de forma cautelar a los condenados.

La citada venta de vivienda pública a Blackstone está siendo investigada también por la vía penal. Esta vía, y la del Tribunal de Cuentas, son independientes. Fuentes de la cámara fiscalizadora explican a eldiario.es que su resolución puede ser “medio de prueba” en el proceso penal si alguna de las partes lo solicita y el instructor, o después el tribunal, así lo acuerda.

La Audiencia Provincial de Madrid ordenó reabrir en octubre de 2017 la causa que había archivado el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid. La Audiencia estimó los recursos presentados del PSOE de Madrid y la asociación de afectados por la venta, a los que se adhirió la actual EMVS, al considerar “la eventual presencia de delitos de prevaricación, malversación y fraude” en el proceso de traspaso de 1.862 viviendas en 2013.

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