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La Guardia Civil podrá examinar el registro de llamadas de los implicados en accidentes de tráfico

La Guardia Civil en una operación de tráfico.

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Con el fin de averiguar si en el momento de un accidente de tráfico, la persona al volante estaba haciendo uso del teléfono móvil, se ha emitido la orden de poder analizar las llamadas de la persona implicada, bajo previa autorización judicial. Se trata de un oficio emitido este miércoles por Bartolomé Vargas, fiscal del Tribunal Supremo y coordinador de Seguridad Vial en España a las jefaturas de Tráfico, la Guardia Civil y las policías locales y autonómicas, según recoge El País.

La decisión del fiscal jefe de Seguridad Vial desarrolla y tiene amparo en una reciente circular emitida por la Fiscalía General del Estado, la número 2/2019. Según la Guardia Civil, la medida se anunciará este jueves y con ella se logra averiguar si el accidente fue causado por ese uso indebido y acabará con la impunidad de los infractores en los casos en los que resultaba imposible acreditar si estaban hablando por teléfono en ese momento.

Los agentes no podrán mirar el teléfono en el momento del accidente. En el caso de que tengan la sospecha de que es la causa de la distracción al volante, podrán solicitar al juez en el atestado que remitan al juzgado que se haga cargo que inste a la compañía telefónica de cada caso a que aporte a las diligencias judiciales un informe sobre la hora y la duración de las llamadas que hubiera realizado la persona implicada en torno al momento del accidente, sin necesidad de que este haya sido demasiado grave.

Sin embargo, este análisis no sería determinante a la hora de establecer la pena, ya que estará condicionado por las alegaciones de la persona implicada. Por ejemplo, que la llamada se haya realizado a través del manos libres.

Una vez que la compañía haya detallado los datos de las llamadas, tanto la Dirección General de Tráfico como los jueces podrán evaluar el alcance de la imprudencia y las sanciones a imponer desde las vertientes administrativa y penal. La medida no persigue analizar el contenido de las llamadas, sino solo de los datos técnicos y de emisión y recepción.

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