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La Ley de protección a la infancia incorporará el concepto de “violencia digital”

La pandemia reabre la dicotomía entre la privacidad y la seguridad
Madrid —

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Madrid, 27 ene EFE).- La ley de protección a la infancia, aprobada por el Gobierno y en tramitación en el Congreso, incorporará a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos el concepto de “violencia digital” para tratar de asegurar también el adecuado amparo de los niños y de los jóvenes en el entorno digital.

Lo ha adelantado hoy la directora general de la AEPD, Mar España, quien ha valorado la receptividad de la vicepresidencia segunda del Gobierno para incorporar este concepto en la ley, que incorporará además referencias al “Canal Prioritario” que este organismo puso en marcha para que cualquier persona pueda solicitar la eliminación urgente de contenidos sexuales y violentos y tratar de evitar así el daño extra y la humillación pública que sufren las víctimas cuando se viralizan esas imágenes.

Mar España ha comparecido hoy ante los medios de comunicación en vísperas de la celebración del Día Internacional de Protección de Datos, en el que se presentará el “Pacto Digital” que ha promovido la Agencia para favorecer la convivencia en el entorno digital, un acuerdo al que se han adherido ya más de cuarenta asociaciones empresariales, fundaciones y grupos audiovisuales.

Convencida además de la transformación digital que la sociedad ha experimentado a causa de la pandemia, Mar España ha expresado su deseo de que este pacto sea el embrión de un gran Pacto de Estado que defina los criterios éticos y legales que deben regir en una sociedad cada vez más digitalizada.

La responsable de la AEPD ha alertado del daño y el dramatismo que sufren las personas que son víctimas de la “violencia digital”, y en ese sentido ha observado que el “canal prioritario” que puso en macha este organismo ha recibido ya más de 350 reclamaciones para frenar la difusión de imágenes muy sensibles, mayoritariamente con contenidos sexuales o violentos.

Los datos revelan no sólo que la mayoría de las reclamaciones fueron atendidas; también que en el 85 por ciento de las ocasiones las medidas cautelares ordenadas por la Agencia fueron atendidas y aplicadas y las imágenes fueron retiradas con celeridad de las redes sociales

La directora ha observado que esas medidas cautelares afectaron en su mayoría a videos de contenido sexual, y que un número importante eran imágenes de relaciones sexuales grabadas con consentimiento pero difundidas tras la ruptura de la pareja.

“Tolerancia cero”, ha insistido Mar España, quien ha incidido en el daño que causa la persona que difunde esas imágenes, pero también quien hace “clic” y las reenvía y en las responsabilidades a las que se enfrenta también quien contribuye a esa difusión.

Se ha referido a las responsabilidades penales, laborales y disciplinarias que puede acarrear ese reenvío “irreflexivo” de mensajes y de imágenes, y ha advertido de que le pueden arruinar la vida a la persona que aparece como víctima, pero también a la persona que lo re-difunde.

La directora de la AEPD ha subrayado además del riesgo de adicción de las nuevas tecnologías y en ese sentido ha apuntado que el veinte por ciento de los jóvenes presenta síntomas de adición, o del acceso cada vez más temprano de los niños a la pornografía a través de internet.

Mar España ha alertado de que la edad media a la que los niños tienen contacto con la pornografía se ha adelantado hasta los 8 años, y ha advertido de las graves consecuencias y riesgos que conlleva que un niño descubra cosas relacionadas con el sexo a través de la pornografía y de la imagen “denigrante” que se da de la mujer.

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