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Vox sale en defensa del mando policial que abandera la patada en la puerta

Dos agentes antidisturbios del Cuerpo Nacional de Policía

Pedro Águeda

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Vox ha acudido al Congreso de los Diputados para defender al subinspector de Policía cuya mención en los medios de comunicación es recurrente en los últimos meses por dirigir el asalto a una casa donde se celebraba una fiesta durante el confinamiento sin orden judicial. El grupo parlamentario de la ultraderecha ha preguntado por escrito al Gobierno si va a “manifestar su apoyo público” al agente por otro caso, el allanamiento del piso de un maltratador, también sin orden judicial, pese a que el delito ya se había cometido y la víctima estaba fuera de la casa. 

El subinspector 89.666, al que Vox cita por su nombre y apellido en la pregunta al Gobierno, se sentará en el banquillo, junto a otros cinco policías, por dirigir el operativo que incluyó derribar la puerta y entrar en un domicilio de la calle Lagasca de Madrid el 21 de marzo de 2020. La defensa de los policías alega que la infracción de la Ley de Seguridad Ciudadana que se estaba produciendo en el interior del domicilio en ese momento se convirtió en un delito de desobediencia al negarse a abrir la puerta a los policías y que evitar este “delito fragrante” justificó el allanamiento sin orden judicial. 

Vox, sin embargo, alude en su pregunta escrita a otro incidente posterior que habría supuesto el cambio de destino del mando. Se produjo el 27 de enero pasado en el barrio de San Blas de Madrid. Una patrulla de Policía acudió a la llamada advirtiendo de que una mujer se encontraba en la calle después de haber sido agredida por su pareja. Pese a que la víctima ya estaba a salvo y el agresor localizado, el subinspector consideró que podía allanar el domicilio para detenerlo. 

El diputado de Vox José María Figueredo renuncia al término que suele utilizar su formación para describir este tipo de violencia contra las mujeres, “intrafamiliar”, y en su lugar habla de “violencia machista”. Lo hace cuando se dirige al Ejecutivo para preguntar al Gobierno “si tiene previsto manifestar su apoyo público a la intervención realizada por el subinspector de Policía Nacional, tal y como lo ha hecho la ”Asociación de Mujereres Sobrevivientes a la Violencia Machista“. 

La acusación pide cuatro años de cárcel

En este caso, la argumentación del subinspector es que el agresor había robado pertenencias a la mujer víctima y retenía dichos bienes ajenos en la vivienda, entre ellos alguno que podría servir para seguir acosándola, como el teléfono móvil de la víctima, por lo que el delito de robo se estaba cometiendo en ese mismo momento en el interior del domicilio allanado. Añade el entorno del mando que la Ley de Enjuiciamiento Criminal se refiere a “delito flagrante” el que se estuviera cometiendo en ese momento o el que “se acabara de cometer”.

A raíz de ese incidente, el subinspector fue relevado de su puesto de jefe de subgrupo en los Grupos de Atención al Ciudadano (GAC) y enviado a otro destino pese a que, argumenta su entorno, es un puesto adquirido en concurso general de méritos y solo puede ser removido por infracción disciplinaria muy grave o porque él lo solicite. Aseguran las mismas fuentes que Régimen Disciplinario le abrió una información reservada que fue archivada antes de convertirse en expediente disciplinario.

El pasado junio, el titular del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid, Jaime Serret, dictó apertura de juicio oral contra el subinspector y cinco agentes a sus órdenes por los “hechos incontrovertidos” que se produjeron en el citado inmueble de la calle Lagasca. El piso, en contra de lo que argumenta la defensa, había sido alquilado al organizador de la fiesta y no era un piso turístico. Dentro se estaba produciendo una infracción de la conocida ley mordaza y no un delito, por lo que la ley no habilita a los agentes para acceder sin orden judicial y evitar “un delito flagrante”.

La acusación particular atribuye a los policías un delito de allanamiento de morada y otro de daños y solicita cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación para todos ellos. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solo solicitan que todos sean absueltos: los agentes por obedecer órdenes de su superior y éste porque estaba convencido de que tenía que atajar un delito.

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