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Las Comunidades que no garanticen educación pública en castellano deberán pagar una plaza en la privada

El ministro de Educación, José Ignacio Wert. / Efe

Europa Press

Madrid —

El borrador de la Ley de Mejora de Calidad Educativa (LOMCE), que este martes estudiarán el Gobierno y las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Educación, exige a las autonomías el pago de una plaza en un centro privado a aquellos padres que soliciten la educación en castellano cuando esta comunidad no pueda ofrecerle esta posibilidad en un centro público o concertado, siempre y cuando no se haya establecido una “proporción razonable” de ambas lenguas.

El texto recoge, en la dispoisición adicional lengua castellana y lengua vehicular de la enseñanza, que “las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos a recibir las enseñanzas en castellano, lengua vehícular de la enseñanza” y establece que la lengua castellana y su literatura tendrán el tratamiento necesario para que todos los alumnos la comprendan y se expresen en ella con corrección, de forma oral y por escrito, al finalizar la enseñanza básica.

Asimismo, señala que en las Comunidades que posean otra lengua oficial junto al castellano, de acuerdo con sus estatutos, las adminsitraciones educativas deberán garantizar en todas las etapas educativas obligatorias que esas lenguas cooficiales sean ofrecidas en las distintas asignaturas en“proporciones equilibradas en el número de horas lectivas”, de manera que se procure el dominio de ambas lenguas oficiales por los alumnos, sin perjuicio de la posibilidad de incluir lenguas extranjeras.

Además, añade que corresponde a estas administraciones determinar la proporción que proceda en el uso del castellano y la lengua cooficial como lenguas vehiculares en el sistema educativo, en atención al estado de normalización lingüística. Igualmente, especifica que podrán otorgar, en función del estado de normalización lingüística en sus territorios, un trato diferenciado a la lengua cooficial respecto del castellano “en una proporción razonable”, sin que en ningún caso pueda suponer de hecho la exclusión del castellano.

“Mientras no se realice la determinación a que se refiere el párrafo anterior, los padres o tutores tendrán derecho a escoger la lengua vehicular de la enseñanza que reciban sus hijos. Cuando, como consecuencia de dicha falta de determinación, no exista oferta docente pública o concertada en la lengua vehicular elegida en la localidad de residencia de los alumnos, los padres o tutores podrán optar por escolarizar a sus hijos en centros privados, correspondiendo a la administración educativa sufragar los gastos de escolarización”, añade la disposición.

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