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Demandan a Patrimonio Nacional ante el Supremo por frenar la exhumación del Valle de los Caídos

Patrimonio Nacional pide informes sobre la primera exhumación autorizada en el Valle de los Caídos.

Juan Miguel Baquero

La familia de dos ejecutados por el franquismo, Antonio-Ramiro y Manuel Lapeña Altabás, ha demandado a Patrimonio Nacional ante el Tribunal Supremo por frenar la exhumación de sus restos óseos del Valle de los Caídos. Culpan a la institución estatal del retraso en el cumplimiento de la sentencia que reconoce el derecho a darles “digna sepultura”. Con un agravante: la edad de uno de los hijos de los represaliados, 92 años, que puede suponer que el proceso “sea superior al resto de su vida”.

Desde que el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) obligara a la apertura “inmediata” del columbario donde reposan los hermanos Lapeña, el proceso quedó atascado por la petición de sucesivos informes técnicos con los que la Patrimonio Nacional pretende certificar la viabilidad del procedimiento. Supondría la primera intervención exhumatoria en la mayor fosa común de España aunque, de momento, las víctimas yacen enterradas junto a más de 33.000 cuerpos, unos 12.000 sin nombre y apellidos.

La resolución judicial “autorizó llevar a cabo la entrega de los restos cadavéricos”, apunta el abogado de la familia Lapeña, Eduardo Ranz, experto en procesos legales memorialistas. El auto -con fecha de 30 de marzo de 2016- rubricó una solicitud que, antes, había llegado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Desde entonces, una tensa espera por Manuel y Antonio, fusilados en 1936 en Calatayud y trasladados posteriormente sin autorización de sus familiares a Madrid.

Patrimonio, por su parte, asegura que ha dado “luz verde” a la recuperación de los restos mortales aunque la respuesta oficial consistió en pedir sendos informes al Instituto Torroja del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y al Consejo Médico Forense. Cuando reciban la documentación requerida, decidirá si permitir o no la exhumación. Una dilación que se suma a la reacción inicial del organismo del Estado: exigir evidencia de que la sentencia era firme para iniciar el cumplimiento.

“No es un favor a las víctimas del franquismo”

“No se trata de un favor que ellos pueden hacer a las víctimas del franquismo”, alega Ranz, “sino del deber constitucional de cumplimiento de las resoluciones firmes, así como del derecho a digna sepultura”. De ahí la formalización de la demanda ante el Supremo –por vía contencioso-administrativa y con fecha 28 de julio– por frenar la búsqueda de los restos de los hermanos Lapeña en el Valle de los Caídos, un trabajo para el que Patrimonio Nacional debe autorizar la entrada del equipo del especialista forense Francisco Etxberría y de la Asociación por la Recuperación e Investigación Contra el Olvido (ARICO).

“No puede considerarse razonable que en un procedimiento de esta naturaleza se haya obviado que el padre de la demandante, e hijo de uno de los dos hermanos sobre los cuales se ha autorizado su exhumación, procesa la edad de 92 años, lo que puede suponer que el proceso legal o administrativo de Patrimonio Nacional, sea superior al resto de vida, con evidente perjuicio para la parte demandante, sin que su conducta merezca reproche alguno”, reza el escrito de denuncia. La institución, critica el abogado, “debe estar al servicio de todos los ciudadanos y no de una parte o de un partido”.

El pasado 19 de julio, la Delegación del Patrimonio Nacional en San Lorenzo de El Escorial respondía por escrito a la petición de María Purificación Lapeña Garrido solicitando el cumplimiento de la sentencia. Una vez comprobada la “firmeza” del referido auto, “le comunico que esta Entidad inicia las actuaciones conducentes a su ejecución en sus propios términos”, referían. Anunciando, entonces, la petición de los informes ahora denunciados por la familia de los represaliados por atascar el proceso.

La intención de Patrimonio Nacional es que los organismos consultados “se pronuncien sobre la viabilidad técnica del acceso en la actualidad al piso tercero de la Cripta del Sepulcro de la Basílica del Valle de los Caídos”, según reza en el texto rubricado por el presidente del consejo de administración de la institución, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna. Si el estudio del Instituto Torroja admite tal “posibilidad”, y “de las obras que, en su caso, resulten necesarias”, Patrimonio encargará otro informe al Consejo Médico Forense “para que se pronuncie sobre el procedimiento que resulte más adecuado para la localización, identificación y traslado de los restos cadavéricos de los señores Lapeña Altabás”.

Con “garantía”, añaden sobre el proceso, “de su integridad, respeto y memoria, mediante la identificación de los columbarios afectados y la posibilidad de práctica de la prueba de ADN”.

“Patrimonio hace lo que ve en casa y lo que observa es un ministro poniendo medallas a unas vírgenes en vez de cumplir con la Constitución Española, las leyes y las sentencias firmes”, manifiesta Eduardo Ranz. La conocida como Ley de Memoria Histórica, recuerda, “entró en vigor en diciembre de 2007, y por tanto entendemos que, aplicando esa fecha como punto de referencia, Patrimonio Nacional ha tenido casi diez años para solicitar dichos informes”. Un camino infructuoso, subraya, como lo han sido “los requerimientos de las familias, directamente a Patrimonio Nacional, para obtener los restos de cadavéricos de sus familiares”.

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