Juristas Themis denuncia al juez del voto particular de 'la manada' por sus expresiones “injuriosas y vejatorias”
La Asociación de Juristas Themis ha interpuesto este viernes una denuncia por “responsabilidad disciplinaria” contra el magistrado de la sección número 2 de la Audiencia Provincial de Navarra Ricardo González, que emitió el voto particular en la sentencia de 'la manada', “por los contenidos injuriosos y vejatorios” incluidos en el mismo. La denuncia, presentada ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, asegura que incurrió en infracciones recogidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La asociación asegura que su posición a favor de la absolución de los acusados no es el objeto de su denuncia, ni tampoco las argumentaciones estrictamente jurídicas, sino las expresiones contenidas en su voto particular, que consideran “injuriosas, vejatorias y manifiestamente ofensivas para la víctima, así como innecesarias e improcedentes desde el punto de vista del razonamiento jurídico”.
Algunas de las expresiones a las que se refiere la queja son las que juzgan que la mujer no mostró “el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando” o que “la expresión de su rostro es en todo momento relajada y distendida y, precisamente por eso, incompatible a mi juicio con cualquier sentimiento de miedo, temor, rechazo o negativa”.
“No puedo interpretaren sus gestos, ni en sus palabras (en lo que me han resultado audibles) intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante”, decía el juez Ricardo González en su voto particular.
Este tipo de expresiones, argumenta Themis, están recogidas como falta en varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esos artículos describen “la falta grave de consideración con los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la administración” y también el uso en las resoluciones judiciales de expresiones “innecesarias o improcedentes, extravagantes o innecesariamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico”.
Juristas Themis considera que estas expresiones “injuriosas y vejatorias” ocasionan un “daño inmenso a la víctima” y una revictimización “que está vedada en nuestro ordenamiento”, “así como que la ciudadanía desconfíe de la justicia”.
“Además de este trato peyorativo hacia la víctima, innecesario en la argumentación del voto particular, existen en el voto otros pasajes que son ofensivos para la ciudadanía, poniendo de manifiesto una falta de respeto y de consideración hacia el resto de los miembros del Tribunal y a trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia y a agentes de la autoridad. El magistrado del voto particular se erige en abogado defensor de los acusados, adentrándose en juicios morales sobre la intimidad de la víctima”, señala la asociación.