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Unánime respaldo del Parlamento de Andalucía a la nueva ley contra la LGTBIfobia

Colectivos LGTBI celebran la aprobación de la ley en el Parlamento de Andalucía.

elDiarioand

El Parlamento de Andalucía ha aprobado este martes la Ley para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI (gais, lesbianas, transexuales, bisexuales e intersexuales), cuya principal novedad es que incluye a las familias en su aplicación, especialmente las homoparentales. También crea el Consejo Andaluz de Participación del colectivo LGTBI, adscrito a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales como órgano de consulta en materia de derechos y políticas públicas del colectivo y contra la LGTBIfobia.

Todos los grupos han respaldado una ley que se inició a propuesta de Podemos, primer grupo en registrar una proposición de ley en la materia, y que finalmente consiguió el consenso del PSOE e IU para presentar el texto las tres formaciones a la vez. De manera que este miércoles el resto de formaciones (PP y C's), le han brindado también su respaldo.

La consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, ha destacado “el importante trabajo realizado, también a los colectivos LGTBI por sus aportaciones y participación, así como desde el ámbito de los equipos de gobierno con la coordinación con los colectivos y el continuo diálogo”.

Otros aspectos novedosos de la norma son el refuerzo de la planificación y transversalidad de las políticas públicas y la elaboración de un Plan de Acción Interdepartamental para la Igualdad y no Discriminación LGTBI.

En educación, se impulsarán medidas para detectar, prevenir y proteger de acciones de discriminación o de acoso, así como evitar la impartición de contenidos discriminatorios hacia las personas LGTBI y los menores que forman parte de familias homoparentales. También se podrán realizar conciertos con los centros escolares que promuevan en su ideario algún tipo de discriminación hacia el alumnado por razón de orientación sexual, identidad de género o por pertenecer a una familia homoparental.

En materia sanitaria, se contempla el derecho de las personas menores transexuales a recibir tratamiento de bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, para evitar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios no deseados, y el tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado para favorecer el desarrollo de los deseados. En cuanto a los menores intersexuales, se velará para que las prácticas de modificación genital en bebés recién nacidos no atiendan únicamente a criterios quirúrgicos.

La ley garantiza los derechos de los jóvenes, personas mayores, gente con discapacidad, inmigrantes y refugiados y establece medidas de protección a las víctimas de violencia intragénero a través de los Servicios de Asistencia a las Víctimas (SAVA). Por su parte, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad deberán implantar un protocolo de atención a las víctimas LGTBI en las policías locales y la unidad adscrita a la Junta de Andalucía.

En el ámbito de la publicidad, el Consejo Audiovisual de Andalucía podrá solicitar de los anunciantes y empresas audiovisuales, por iniciativa propia o a instancia de las partes interesadas, el cese o la rectificación de la publicidad ilícita o prohibida.

La nueva ley también establece el impulso de proyectos de cooperación que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la libertad y la no discriminación de las personas LGBTI en aquellos países en los que son negados o dificultados, así como la protección de personas frente a las persecuciones y represalias.

La ley prevé, por otra parte, la elaboración de un informe cada año en el que se incluirán las agresiones y discriminaciones contra personas del colectivo y los casos de delitos odio, teniendo en cuenta las denuncias presentadas, las resoluciones administrativas y las sentencia. La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales será la encargada de elaborar el informe.

El texto establece multas desde 6.000 euros para las infracciones leves hasta 120.000 euros para las muy graves, además de sanciones accesorias de cierre del servicio o actividad, inhabilitación temporal, prohibición de ayudas públicas, y otras por un periodo de hasta 5 años en los casos más graves.

Cabe recordar que la protección de los derechos de las personas LGTBI estaba parcialmente regulada en Andalucía en la Ley 2/2014 para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales. El nuevo texto da un paso más.

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