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Dónde y cómo se debe llevar mascarilla en Andalucía

Andalucía obliga a llevar mascarillas hasta en la playa

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El Gobierno andaluz ha aprobado este martes la obligatoriedad del uso de mascarillas en Andalucía de forma generalizada.

¿Dónde?

En todos los espacios abiertos y cerrados, lo que incluye las playas y piscinas. “La mascarilla será un atuendo más, paseando, en la playa, medios transporte, en todos sitios”, ha asegurado Bendodo, de forma independiente de la distancia de seguridad social, “y a excepción de las unidades familiares”, como explicó el lunes el presidente Juan Manuel Moreno. Aguirre también se refirió al “deporte” y al “ocio nocturno” en el que “hay que evitar” una “gran acumulación de personas”. En esos sitios, insistió, habría que usar mascarilla, al igual que en “las reuniones familiares en las que coincidamos con muchas personas” o en “los paseos por la playa”. Como detalla la nota, se llevará “en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros”, especialmente si hay un grupo numeroso de personas.

En el caso de los transportes, “la mascarilla es de uso obligatorio en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”.

¿Tengo que usarla en espacios privados?

Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

¿Qué pasa si no me la pongo?

La multa se ha fijado en 100 euros para quienes no cumplan la medida y la Policía Local y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado tendrán potestad para imponer dicha multa, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio.

¿Hay excepciones?

Los menores de seis años están exentos de usarla. Tampoco las personas “que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria” o “aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”.

La mascarilla “no será exigible” si se practica deporte individual. Y tampoco será necesaria en caso de estar en unidades familiares, a la hora de comer o durante el baño en playa y piscina, o mientras permanezca en un espacio determinado (por ejemplo, bajo la sombrilla). no será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal.

¿Se ha tomado alguna otra medida expresa?

Se han adoptado medidas nuevas para la celebración de velatorios al aire libre, que se reducen de 60 a 25 personas como máximo y en el caso de los recintos cerrados de 30 a 10 personas “sean o no convivientes”. En el funeral o comitiva sólo podrán estar un máximo de 25 personas además del “ministro de culto”

¿Cubre la mascarilla la tarjeta sanitaria?

La tarjeta sanitaria cubrirá la compra de mascarillas a partir del 29 de julio a través de la “receta electrónica”, como ha explicado el consejero de Salud, para personas jubiladas o dependientes.

BOJA extraordinario sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud públic... by El Diario Andalucia on Scribd

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