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La herencia de la Duquesa de Alba continúa en entredicho

Un juez busca a los testigos de un testamento de la duquesa de Alba de 1973

Olga Granado

El fallecimiento de Cayetana Fitz-James Stuart y Silva, Duquesa de Alba, el pasado 20 de noviembre, mantiene todavía candente el debate sobre su herencia porque está en juego dónde se tributaría por un legado que se presume cuantioso -3.000 millones de euros según la revista Forbes- y la Junta de Andalucía considera que correspondería pagar los impuestos en esta comunidad autónoma, porque tenía fijada su residencia en la misma, pese a que domicilio fiscal estuviera en Madrid. ¿Qué supone heredar en una u otra comunidad autónoma? Pues que en Madrid el impuesto sobre donaciones y sucesiones está bonificado en un 99%. De este modo, mientras en Andalucía por esa suma habría que pagar a las arcas públicas más de 1.000 millones de euros, en Madrid serían poco más de 10. 

Desde el Gobierno de Andalucía aseguran que el asunto está en manos de la Agencia Tributaria, que “actuará como en cualquier otro caso para que se haga como corresponde”. Confían en que finalmente tribute en esta comunidad autónoma porque es donde entienden que residía la Duquesa de Alba. De hecho, que tuviera el domicilio fiscal en Madrid no es la clave, por tributaría donde residiera. Pero sí podría demostrar la familia que ella vivía en Madrid más de seis meses al año, y por tanto se ahorraría los elevados impuestos que supone una herencia tan cuantiosa en Andalucía. 

En este contexto, el catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Málaga (UMA) Juan José Hinojosa explica que “lo importante no es el domicilio fiscal, sino la residencia”. Es una cuestión de prueba. “Hay otra variante, la vivienda habitual, porque el criterio es la permanencia, no el domicilio fiscal. Y después hay otros criterios para los inmuebles y las actividades económicas. Sólo en último lugar, subsidiariamente, entra en juego el criterio de la declaración por el IRPF más reciente”, agrega.

El hecho de que se crea que la herencia no es tan cuantiosa porque gran parte lo donó en vida a sus hijos -en principio a raíz de su matrimonio con Alfonso Díez- también hay que tenerlo en cuenta. “Si la herencia estuviera sujeta en Andalucía, las donaciones (si es que fueron tales) se acumularían a la herencia, descontado lo pagado por ellas”, remarca. Pero sospecha que se abonaron en otra comunidad autónoma porque en las donaciones “se paga donde reside el donatario, no el donante”. Pero de todas maneras, aclara que “eso es irrelevante para la circunstancia de la acumulación”, en palabras del también decano de la Facultad de Derecho de la UMA.

El caso es que todavía no hay una información clara sobre qué deja y a quién. De hecho, el Juzgado de Primera Instancia número 81 de Madrid está tratando de localizar a los cinco testigos de la entrega de un sobre lacrado que la Duquesa de Alba hizo a un notario en 1973, en cuyo contenido habría un testamento, según han informado a la agencia Europa Press fuentes jurídicas. Tras su fallecimiento, la notaría se puso en contacto con el decano de los jueces de Madrid, Antonio Viejo, para realizar la entrega del testamento en aras a proceder a su apertura, conforme marca la ley.

Fuentes jurídicas han explicado que la Duquesa de Alba elaboró este testamento un año después de la muerte de Luis Martínez de Irujo, el padre de sus seis hijos. Para la entrega del sobre lacrado, la notaría contó con cinco testigos. “Los testamentos lacrados son absolutamente legales, pero poco comunes en España. En Madrid, se han dado tres o cuatro casos”, han destacado las mismas fuentes consultadas.

Pasos previstos

Los pasos a seguir ahora serán, primero, localizar a los testigos y, segundo, proceder a la apertura del documento para la lectura del testamento. Recientemente, según Europa Press, el juez ha ordenado localizar a esas cinco personas que firmaron el acta notarial, de las que más de una habrían fallecido. Respecto a estos últimos, se realizará una pericial caligráfica para cotejar sus firmas. Una vez que se localicen a los testigos, el siguiente paso será celebrar un acto judicial no público para proceder a la apertura del testamento, una audiencia a la que podrán asistir los hijos o sus representantes legales.

El juzgado ya se ha puesto en contacto con los hijos. De todas maneras, es previsible que este documento quede revocado por los posteriores testamentos que realizó la duquesa. De hecho, el documento tendría únicamente un valor histórico, salvo que figuraran en el mismo nuevos bienes que no estén reflejados en el último testamento que hubiera firmado.

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