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El precedente para Azcón y Chueca: la alcaldesa de Alcorcón fue inhabilitada por un caso con similitudes al spa de Ranillas

El presidente Azcón y la alcaldesa de Zaragoza, Natalia Chueca, en el pleno de investidura del primero, el pasado 28 de abril.

Luis Faci

8 de julio de 2026 22:58 h

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El procedimiento mercantil que afrontan Jorge Azcón, Natalia Chueca y María Navarro –junto a otros seis dirigentes políticos ahora en el PP– por revertir la concesión del spa de Ranillas, en Zaragoza, y que puede llegar a suponer su inhabilitación para administrar bienes ajenos, tiene un precedente jurídico con similitudes: la exalcaldesa de Alcorcón, la socialista Natalia de Andrés, ya fue condenada a cinco años en diciembre de 2021, un fallo en primera instancia que fue ratificado por la Audiencia Provincial en lo tocante a la inhabilitación. Aunque la regidora optó por mantener el puesto pese a las críticas, se vio obligada a dar un paso a un lado en las elecciones municipales de 2023.

No es un antecedente vinculante para lo sucedido en la capital aragonesa, pero es una muestra de hasta dónde pueden llegar este tipo de procedimientos cuando alcanzan a la cúpula de un Gobierno local. En concreto, el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid declaró culpable el concurso de la Empresa Municipal de Gestión Inmobiliaria de Alcorcón (EMGIASA) e inhabilitó durante diez años a la entonces alcaldesa.

Ambos casos se dirimen en la denominada Sección Sexta del concurso de acreedores: la pieza en la que un juzgado de lo mercantil determina si la quiebra de una empresa fue “fortuita” o “culpable”. En este segundo caso, también determina quién debe responder por ella. Por ahora, la jueza de lo Mercantil nº2 de Zaragoza ha citado en calidad de afectados a Azcón, Chueca y Navarro –ahora presidenta de las Cortes de Aragón–, así como a los todavía concejales Ángel Lorén, Víctor Serrano, Sara Fernández y a los exediles Patricia Cavero, Carmen Herrarte y Javier Rodrigo. Esto significa que podrían tener una responsabilidad directa en la insolvencia de la empresa Cublan Inversiones, a la que el Gobierno municipal revirtió la concesión del centro termal y spa de la Expo. Con esto se juegan en último término una inhabilitación de hasta 15 años para administrar bienes de terceros.

En Alcorcón, la sentencia recayó sobre EMGIASA, sociedad inmobiliaria cuyo único accionista era el Ayuntamiento y cuyo consejo de administración estaba formado por concejales. El juzgado concluyó que, entre 2009 y 2011, ese consejo –presidido por quien ocupaba la Alcaldía, Enrique Cascallana– repartió dividendos por 17,5 millones de euros pese a que la empresa arrastraba condenas judiciales por expropiaciones no contabilizadas, y que desvió 93,7 millones de los beneficios del negocio inmobiliario ordinario hacia la construcción de un macrocomplejo cultural sin ningún estudio de viabilidad. El fallo declaró al Ayuntamiento “administrador de hecho” de su propia empresa, le impuso el 25% del déficit concursal e inhabilitó a los concejales entre tres y diez años.

Dos años después, en diciembre de 2023, la Audiencia Provincial de Madrid mantuvo la inhabilitación de cinco años para Natalia de Andrés –concejala de Urbanismo en la época en que se produjeron los hechos y alcaldesa de Alcorcón cuando se dictó la sentencia—, pero rebajó la de Cascallana de diez a cinco años y, sobre todo, dejó sin efecto tanto la declaración del Ayuntamiento como administrador de hecho como la responsabilidad de cubrir el déficit concursal para todos los afectados.

En el caso del spa de Ranillas, en el recinto Expo de Zaragoza, hay diferencias. Así, la empresa que ha dado origen al conflicto es una concesionaria privada, Cublan Inversiones, que asumió la explotación en 2017 y cerró en febrero de 2022 tras una cadena de decisiones administrativas que ahora forman el corazón del litigio: el Ayuntamiento le denegó la licencia de funcionamiento de manera injusta, según han dictaminado los tribunales. Y, dos meses más tarde, invocando esa misma licencia denegada, le negó asimismo el aval necesario para ejecutar una financiación de 3,5 millones de euros que la empresa tenía comprometida con un fondo privado. Sin ese crédito, el spa cerró y la compañía se vio obligada a entrar en concurso. En mayo de 2023, Cublan y catorce de sus acreedores pidieron que se declarara culpable al Ayuntamiento por esa secuencia.

Desde el Ayuntamiento, fuentes municipales califican de “falso” que la jueza “haya citado a nadie” y aseguran que “de trata exclusivamente de una pieza de calificación dentro de un concurso de acreedores que contempla la comparecencia de determinadas personas como posibles afectados para que puedan ejercer sus derechos de defensa”, algo que -apuntan- “no es ni obligatorio”.

Hay que recordar que la empresa cuenta a su favor con una sentencia firme que respalda buena parte de la tesis de la empresa. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón resolvió en febrero de 2024, íntegramente a favor de Cublan Inversiones, que la instalación conservaba una licencia tácita desde 2011 y que la empresa tenía “un indiscutible derecho a la licencia expresa” desde el 4 de diciembre de 2021, casi dos meses antes de que se le negara el aval que la habría salvado de la quiebra.

Es, de cualquier forma, un procedimiento distinto ya que el actual se dirime en la jurisdicción mercantil. Y, además, en el caso de Zaragoza –a diferencia de Alcorcón– el Ayuntamiento no era propietario ni gestor de la empresa concesionaria, sino que le negó una licencia y un aval que llevó a la firma a la quiebra.

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