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La Justicia levanta las medidas cautelares en Aragón y autoriza la apertura del ocio nocturno hasta las 00:30

Tribunal Superior de Justicia de Aragón

Candela Canales

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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha determinado suspender las medidas cautelares adoptadas ayer y aplicar de nuevo la orden del 8 de julio, que establecía un nivel 2 modulado. Este nivel supone que en establecimientos de hostelería y restauración, el horario no podrá exceder de las 23:00 y el aforo en interiores queda fijado en el 50% y en el 100% en terrazas, con un máximo de seis y diez personas por mesa respectivamente. Queda prohibido fumar en terrazas y se permite el servicio de buffet.

Los locales de ocio nocturno tendrán los mismos aforos y normas que la hostelería, si bien su horario no podrá superar las 00:30 horas, no admitiéndose nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.

El TSJA toma esta decisión tras el anuncio del Gobierno de Aragón ayer de establecer el nivel 2 estricto, que suponía el cierre del ocio nocturno, puesto que la sentencia de la justicia anulaba la orden pero no la ley autonómica que rige los niveles de alerta. El nuevo auto asegura que se levanta la medida cautelar “a fin de no perjudicar a los recurrentes ni a terceros”.

Los estados de alerta se regulan en Aragón por la ley 3/2020 de 3 de diciembre y se pueden modular en función de la situación epidemiológica. El 30 de junio, Aragón se sitúo en nivel de alerta 1, pero una semana después tuvo que dar marcha atrás y establecer un nivel 2 modulado.

Este nivel 2 modulado se estableció el 8 de julio mediante una orden y en él se suavizaron las medidas del nivel estricto y se permitieron las terrazas al 100% de aforo, y con diez personas por mesa, frente al 50% y seis personas por mesa, en caso de aplicar una alerta 2 pura y dura, y el ocio nocturno, hasta las 00:30, en vez de prohibirlo del todo.

La suspensión de la orden que aplicaba estas modificaciones por parte del TSJA, tras el recurso de la Asociación de Empresarios de Cafés y Bares de Zaragoza y provincia y la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza, generó que la comunidad pasase a nivel 2 estricto. No podían aplicarse las medidas del nivel 1 puesto que esa orden ya había sido derogada el 8 de julio. Por tanto, “la medida cautelar no supone la aplicación del 30 de junio, de declaración de nivel de alerta sanitaria 1, que permitiría la aplicación del régimen de alerta 1, sino la aplicación del régimen de alerta 2, sin matiz alguno, más perjudicial para los recurrentes que el implantado por la orden. Por todo ello, y a fin de no perjudicar a los recurrentes ni a terceros, procede levantar la medida cautelar”, explica el auto.

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